La PGR insiste en que hubo dilación del juzgador federal Jesús Fraustro Macarino
El inculpado aún no está absuelto de los delitos que le imputa subprocuraduría especializada
Alfredo Méndez | Periódico La Jornada | Martes 6 de septiembre de 2011, p. 11
El juez federal Jesús Fraustro Macarino, con sede en Monterrey, Nuevo León, canceló este lunes los efectos de una suspensión que solicitó en vía de amparo el pasado 3 de agosto Néstor Moreno Díaz, ex funcionario de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) acusado de enriquecimiento ilícito y de recibir sobornos millonarios, por lo que a partir de ahora podrá ser reaprehendido, confirmó anoche el juzgador en un comunicado.
El anuncio sobre la cancelación del recurso jurídico que permitió a Moreno Díaz –ex director de Operaciones de CFE– recuperar su libertad el pasado domingo se dio a conocer luego de que la Procuraduría General de la República (PGR) indicó, en voz del subprocurador de Delitos Federales, Irving Barrios, que interpondrá un recurso de queja administrativa ante el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) contra el juez Fraustro, por negligencia o presunta corrupción.
El anuncio sobre la cancelación del recurso jurídico que permitió a Moreno Díaz –ex director de Operaciones de CFE– recuperar su libertad el pasado domingo se dio a conocer luego de que la Procuraduría General de la República (PGR) indicó, en voz del subprocurador de Delitos Federales, Irving Barrios, que interpondrá un recurso de queja administrativa ante el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) contra el juez Fraustro, por negligencia o presunta corrupción.
Durante una entrevista radiofónica, el funcionario de la PGR refirió que la cancelación de esa suspensión llegó cuatro días después de que venció el plazo legal que tenía el juez Fraustro para ello.
Sin embargo, en el comunicado en que informó sobre la cancelación de la suspensión dictada en el caso Néstor Moreno, el juez cuestionado rechazó haber actuado fuera de los tiempos que le marcan las normas en materia de amparo.
Al dar su versión de los hechos, el juez explicó que “la demanda de amparo (de Moreno) fue turnada el pasado 3 de agosto a este juzgado quinto de distrito en materia penal en Nuevo León, y por auto de esa misma fecha se admitió a trámite, fijándose el 17 de agosto para la celebración de la audiencia constitucional y el 8 del citado mes para la audiencia incidental, la cual, ante la ausencia de los informes previos solicitados a las autoridades responsables foráneas (entre ellas la PGR), se difirió y se programó para las 11:37 minutos del 5 de septiembre (ayer).file : pol2134000_110905.jpgcaption : difundida por la PGR del yate de Néstor Félix Moreno Díaz, ex director de Operación de la Comisión Federal de Electricidad.
"En esta fecha tuvo verificativo la audiencia indiciental, negándose la suspensión definitiva ante la inexistencia del acto reclamado, en razón de que si bien existe una orden de aprehensión, ésta fue dictada el 8 de agosto del mes y año en curso, es decir, con posterioridad a la demanda de amparo presentada, de ahí que, para efectos del incidente de suspensión, se tuvo por inexistente", refiere el comunicado del juez Fraustro.
La vigencia de la suspensión de amparo que concedió el juez Fraustro a Moreno Díaz obligó a la juez federal Taissa Cruz Parcero, titular del juzgado cuarto de distrito del Reclusorio Oriente, a liberar, el pasado domingo, al ex funcionario de la CFE, acusado de enriquecimiento ilícito por más de 33 millones de pesos.
En otro comunicado, difundido este lunes por el CJF, la juez Cruz Parcero aclaró que "el inculpado debía ser puesto en libertad, con motivo de la suspensión provisional que lo protegía, porque el delito de enriquecimiento ilícito no está catalogado como grave en el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, circunstancia ésta que tampoco está sujeta a valoración alguna por parte de los jueces, pues es al Poder Legislativo al que corresponde establecer el listado de delitos graves".
La juzgadora expuso que la suspensión provisional contra la orden de aprehensión reclamada de esta autoridad judicial “se concedió para el efecto de que no fuera afectada la libertad personal del inculpado.
“Es evidente que no correspondía a esta juzgadora, motu proprio y con el carácter de autoridad responsable en el juicio de amparo respectivo, decidir si era o no procedente acatar en sus términos el auto de suspensión, pues es necesaria la existencia de un pronunciamiento expreso por parte del juez de amparo en el sentido de que la suspensión concedida ha dejado de surtir efectos”, indicó.
"En consecuencia, como autoridad responsable en el juicio de amparo 558/2011, lo único procedente fue hacer valer en favor de dicho inculpado, en sus términos, el auto de suspensión, conforme al cual dicha orden de captura no podía tenerse por cumplida, a fin de no afectar la libertad del gobernado", añadió en defensa de su decisión de liberar al ex funcionario.
El hecho de que Moreno Díaz haya quedado en libertad no significa que esté absuelto de la acusación que le formuló la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delitos Federales de la PGR, aunque lo más probable es que sus abogados tramiten (si no es que ya lo hicieron en horas recientes) un segundo juicio de amparo para solicitar otra suspensión que le permita enfrentar su proceso en libertad.