miércoles, 10 de agosto de 2011

"Defendamos a Martín contraatacando". Hechos reprochables administrativamente

Acciones de facto contra LyFC y el SME Servidores Públicos presuntos responsables
Hechos Reprochables Administrativamente
PRIMERO:
I. Los entonces Secretarios de Energía y Hacienda y Crédito Público, Georgina Kessel Martínez y Agustín Carstens Carstens, propusieron al Ejecutivo Federal la desincorporación, por extinción de LyFC, aduciendo su incosteabilidad, apoyándose en el artículo 16 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales.
II. El precepto invocado, se encuentra derogado por los artículos 1°, 12 y SEGUNDO Transitorio de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, expedida con posterioridad a la primera, según el sentido literal que sigue:
Artículo 1.- Las disposiciones de esta ley son de orden e interés públicos, y se aplicarán a los actos, procedimientos  y resoluciones de la Administración Pública Federal centralizada, sin perjuicio de lo dispuesto en los Tratados Internacionales de los que México sea parte.

El presente ordenamiento también se aplicará a los organismos descentralizados de la administración pública federal paraestatal respecto a sus actos de autoridad, a los servicios que el estado preste de manera exclusiva …

Artículo 12.- Las disposiciones de este Título son aplicables a la actuación de los particulares ante la Administración Pública Federal, así como a los actos a través de los cuales se desenvuelve la función administrativa.

TRANSITORIOS
PRIMERO. Esta ley entrará en vigor el 1o. de junio de 1995.

SEGUNDO. Se DEROGAN TODAS LAS DISPOSICIONES QUE SE OPONGAN A LO ESTABLECIDO EN ESTA LEY…

México D.F. a 6 de agosto de 2011.