martes, 26 de abril de 2011

Ley de Seguridad Nacional, Sedena sale en defensa de la propuesta

Jesús Aranda
Martes 26 de abril de 2011, p. 3
La iniciativa de Ley de Seguridad Nacional no sienta las bases de un Estado militar, ni pretende dar armas al Ejército para violar los derechos humanos de los ciudadanos, ni para someter movimientos electorales, sociales o laborales, señala un análisis de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
En respuesta a las versiones difundidas en diversos medios de comunicación acerca de la referida ley, que es discutida en el seno de la Cámara de Diputados, el estudio enfatiza que es falso que la iniciativa en cuestión siente las bases de un Estado militar con el pretexto de dar más instrumentos al gobierno federal para responder a una situación en la que la seguridad interior esté en peligro.
Rechaza que una eventual afectación de las garantías individuales pueda ser emitida por el Ejecutivo federal, y precisa que para llevar a cabo una medida de este tipo se requiere que el Consejo de Seguridad Nacional emita la declaratoria correspondiente y turne el asunto al Congreso o la Comisión Permanente para que éste apruebe la aplicación de las medidas necesarias para restaurar el orden, pero durante un tiempo y lugar determinado.Enfatiza que es falso que la iniciativa, cuya discusión ya empezó en comisiones de la Cámara de Diputados, faculte a las fuerzas armadas para actuar contra movimientos sociales o electorales o que dé lugar a la violación sistemática e impune de los derechos humanos.
Es falso, insiste, que los militares puedan interrogar a ciudadanos en la calle o revisar sus pertenencias; tampoco van a violar el derecho al libre tránsito o asociación, ni restringirán la circulación de vehículos. Y destaca que, conforme a la iniciativa de ley, el secretario ejecutivo del Consejo de Seguridad le informará de la declaratoria a la CNDH y a las organizaciones estatales afines para que ejerzan sus atribuciones durante el tiempo que dure la declaratoria respectiva.
Precisa el análisis que la eventual intervención de llamadas telefónicas sólo podrá hacerse previa autorización judicial, y recuerda que actualmente la ley no faculta al Ejército ni a la Armada intervenir teléfonos para desarrollar labores de inteligencia.