Gerardo Aron Pineda Piró
29 abril 2009
No cesan los embates del Gobierno Federal en contra de los agremiados al Sindicato Mexicano de Electricistas, toda vez que resulta totalmente incongruente que dentro de la causa penal 83/2010, seguida por delito de daño en propiedad ajena en contra del Subsecretario General de la División Necaxa, ante el Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Puebla, se hubieren desechado diversas pruebas ofrecidas por su defensa, cuando las mismas pruebas ofrecidas en el proceso seguido en contra de Domingo Aguilar Vázquez, fueron ofrecidas y admitidas ante el Juzgado Quinto de Distrito del Estado de Puebla, seguido en contra de Miguel Márquez Ríos, ex Prosecretario de Divisiones del Comité Central de esta organización sindical el cual se encuentra recluido en el penal estatal de la ciudad de Atlixco Puebla.
A su vez, resulta incesante el afán de detener y encarcelar a los miembros del Subcomité de la División de Cuernavaca, de nuestra organización obrera (Héctor Salazar Porcayo y Marco Antonio García Barrera), no obstante que el día 26 de abril del año en curso se promoviera juicio de amparo indirecto ante el Tribunal Unitario del XVIII Circuito en contra de la resolución dictada el día 6 de abril del año 2011, en el toca penal 592/2010, sustanciado como consecuencia de la causa penal federal número 63/2010 seguida ante el Juez IV de Distrito en el Estado de Morelos, la cual confirmó ordenar la grabación de voz e imágenes de los procesados, olvidando resolver sobre la suspensión provisional solicitada.
Pese a lo anterior, el Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Morelos, el día de hoy 29 de abril del año 2011, ordenó el desahogo de la diligencia de grabación de voz e imágenes de los procesados, señalando que los dirigentes fueron renuentes en desahogar dicha diligencia, pese a que el amparo indirecto que se presento por violaciones a las garantías de debida defensa, no autoincriminación y falta de fundamentación y motivación, se encuentra pendiente de resolver; que el Tribunal Unitario en el Estado de Morelos fue omiso en pronunciarse en contra de la suspensión provisional solicitada por violación a derechos sustantivos consagradas en nuestra Constitución, y que fuera remitido para su substanciación ante el Sexto Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito, señalando que no había sido presentada por los dirigentes ninguna suspensión provisional en dicha audiencia, la cual evidentemente y en forma omisiva no se pronuncio el Tribunal Unitario de este estado, resultando ilógico dicho argumento, sosteniendo que en base a los artículos 411 y 412 del Código Federal de Procedimientos Penales se revocaría su libertad provisional bajo caución y se les aprendería.
Lo anterior sólo refleja el cúmulo de violaciones jurídicas realizadas a este gremio aunado a que a mas de dieciocho meses no se ha podido siquiera resolver la demanda de sustitución patronal y despido injustificado ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
Por el cese de la represión, y el cumplimiento irrestricto del Estado de Derecho.
FRATERNALMENTE:
“Por el Derecho y la Justicia del Trabajador”
Cuernavaca, Mor., a 29 de Abril de 2011
Gerardo Aron Pineda Piró
Apoderado Legal del
Sindicato Mexicano de Electricistas