lunes, 26 de mayo de 2014

En México, proliferación de leyes “bala” para contener a los movimientos sociales

Las más recientes se aprobaron en Puebla y Chiapas, pero la tendencia de legalizar el uso de la fuerza contra las manifestaciones es nacional, no distingue partidos y amenaza las libertades públicas.
26 mayo 2014 | Adazahira Chávez | Desinformémonos.org
México. La aprobación de leyes que restringen el derecho a la manifestación y a la expresión –las más recientes, en Puebla, Chiapas y Quintana Roo- son la nueva forma de gobernabilidad en México, considera Simón Hernández, abogado del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez. Su entrada en vigor provocará “pánico moral” por las consecuencias que acarreará manifestarse, complementa la maestra Iliaña Cariño, directora del Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría SJ, de la Universidad Iberoamericana de Puebla.
Las leyes se aprueban en un contexto de un gobierno, el de Enrique Peña Nieto, que carece de legitimidad; con una agenda de reformas estructurales antipopulares y con ausencia de canales para la resolución de conflictos sociales, explica el abogado Hernández. Entre 2012 y 2013, México vivió una ola de iniciativas que restringen el derecho a la manifestación y al uso del espacio público, además de criminalizar la protesta, lo que se une al uso de leyes de otras materias (como la de Telecomunicaciones y su pretensión de limitar la cobertura de internet durante protestas) para el mismo fin, detalla el defensor de derechos humanos.

En marzo de 2014, una coalición de organizaciones defensoras de derechos humanos publicó un informe donde advirtió de la existencia de 20 iniciativas –tanto a nivel federal como local- enmarcadas en la tendencia de restringir el derecho a la manifestación. “La protesta social es un derecho muy amplio, que incluye la libertad de expresión, la libre manifestación de ideas y pensamiento, y la participación en actividades pacíficas, que tiene que ser protegida por el Estado, quien debe garantizar que no se ejerza violencia, represalias o cualquier otra acción arbitraria contra el legítimo ejercicio de estos derechos”, describe Iliana Cariño.

Las leyes restrictivas de derechos no son coincidencia, sino parte de una tendencia nacional, y se aprobaron, señala el abogado Hernández, de forma fast track y en procesos poco transparentes, distantes del diálogo social. Cariño cuestiona el papel de los Congresos, que son “representantes” de la ciudadanía y no abrieron canales de diálogo, información y consulta.



“Hay un concurso de actores políticos; las aprueban tanto gobiernos priistas como de la oposición. No es exclusivo de un partido o de uno de los poderes”, analiza Simón Hernández. El ejecutivo usa la fuerza, el legislativo lo habilita y el judicial estigmatiza a los manifestantes y alarga sus procesos, detalla. Las comisiones de derechos humanos, tanto la nacional como las estatales, deberían poner en marcha mecanismos de protección a los derechos ciudadanos, pero eso no pasa, denuncia el defensor: “Hay una anuencia política”.

En Puebla, la llamada Ley Bala (oficialmente, la Ley para Proteger los Derechos Humanos y que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza por parte de los Elementos de las Instituciones Policiales del Estado), dada a conocer el 19 de mayo, provocó reacciones adversas que llegaron incluso a medios de comunicación internacionales; 29 organizaciones sociales locales denunciaron que, “sin un debate claro, profundo y público, 32 legisladores del Congreso del Estado votaron a favor de una ley que faculta a los agentes de las instituciones policiales de Puebla para ejercer fuerza letal, en distintas modalidades, en contra de la población, favoreciendo un sistema de violación a los derechos humanos en la entidad”.

La Ley Bala estableció que al disolver manifestaciones “violentas” que afecten “bienes jurídicamente tutelados”, los agentes aplicarán la fuerza en forma gradual en etapas: mediante la persuasión o disuasión verbal; con sometimiento físico o uso de armas incapacitantes no letales, y con armas de fuego o de fuerza letal. “La Corte Interamericana de Derechos Humanos ya estableció que el uso de la fuerza y la regulación de las armas debe realizarse bajo una interpretación restrictiva; por lo tanto, a pesar de que la ley es descriptiva, nos preocupa el uso que se pueda realizar de este tipo de armas”, afirma Cariño.

El 21 de mayo, el gobierno de Rafael Moreno Valle promulgó la ley pero sin el punto más polémico, el uso de armas de fuego. Esto, señala la maestra Cariño, es importante pero no modifica su esencia y la forma en que se aprobó. “Medidas como el uso de fuerza letal habilitan la posibilidad de que se use de forma desproporcionada”, valora el abogado Simón Hernández. Este uso, insiste, tiene que estar regulado y de ninguna forma ser una primera opción. “Hay una retórica importante de derechos humanos en la ley, pero no nos asegura que sus protocolos doten a los cuerpos policiacos de la información suficiente para actuar y que no van a hacerlo con discrecionalidad”, complementa la presidenta del instituto de derechos humanos Ellacuría.

Una de las preocupaciones de las organizaciones sociales poblanas son los términos imprecisos para calificar a las manifestaciones de ilícitas o violentas –condición para ejercer la fuerza en su contra-, lo que “deja en un estado de vulnerabilidad a la ciudadanía” en un estado donde las autoridades “actúan con opacidad”, denunciaron. La académica especifica que queda al arbitrio de las autoridades decidir quién representa un riesgo y entra en el concepto de agresor. La prohibición del uso de la fuerza por simple sospecha sobre un individuo “tampoco es suficiente para garantizar que no se realicen detenciones arbitrarias”, agrega.

La aprobación de las leyes restrictivas de derechos, además de representar un retroceso en el ejercicio de las libertades públicas, legalizará la represión a las manifestaciones, llevará al plano penal los conflictos sociales y habilitará herramientas legales para enfrentar así los conflictos que deben tener otras formas de interlocución, enumera Simón Hernández. Los principales afectados serán “a quienes sólo les queda el recurso de la manifestación ante la actuación arbitraria de las autoridades”, considera.

Ante la conflictividad social, bala

Iliana Cariño no obvia el contexto en el que se aprueban las leyes restrictivas de derechos, pues desde 2012 –con la llegada al poder de Peña Nieto, señala- se viven una serie de episodios en que los manifestantes son reprimidos, lo que va de la mano con una intención importante de la ciudadanía de actuar y mayores manifestaciones en protesta por violaciones de derechos humanos.

Las organizaciones sociales advierten que la ley poblana es una respuesta violenta y para provocar miedo ante el descontento de la sociedad civil. “Es evidente que la preocupación del ejecutivo poblano es la de desmantelar los movimientos que surgieron contra la explotación minera en la Sierra Norte de Puebla, presas hidroeléctricas y gasoductos, pero también de buscar diluir a las manifestaciones que busquen cuestionar el estatus quo actual”, detallan en un comunicado, firmado por Nodo de Derechos Humanos y otras 28 organizaciones.

En Puebla la situación es muy tensa, admite Cariño. “Recientemente tuvimos la aprehensión de tres defensores de derechos humanos involucrados en procesos de movilización en exigencia de derechos económicos, sociales y culturales, y de defensa del territorio”, relata, para referirse a Juan Carlos Flores, Enedina Rosas y Abraham Cordero, encarcelados por su oposición al Proyecto Integral Morelos y al Arco Poniente. Y la ley contiene elementos que funcionan como “advertencias” y ponen en entredicho la efectiva protección a los derechos humanos, sostiene la académica.


Otras leyes criminalizadoras son, por ejemplo, las aprobadas en Quintana Roo y el Distrito Federal, agrega el abogado del Prodh. La Ley de Movilidad capitalina sobrerregula el derecho a manifestarse, a través de la obligación del aviso previo a las autoridades, la prohibición del uso de vías primarias y la censura, explica Hernández. Iliana Cariño especifica que la participación en manifestaciones pacíficas no tiene por qué estar reglamentada.

El abogado del Prodh considera que las comisiones de derechos humanos (tanto la nacional como las estatales) deben interponer recursos de inconstitucionalidad para frenar la aprobación de las leyes. Las organizaciones de la sociedad civil, informa el defensor, promoverán acciones jurídicas, entre ellas los amparos.

Cariño señala que es responsabilidad de las autoridades revisar los procedimientos para que estén apegados a los estándares internacionales, y no restrinjan derechos, porque lo que se provoca es que la ciudadanía se mantenga al margen de los problemas sociales. “Cuando detecto que hay un riesgo de que pueda ser detenida con discrecionalidad, me infunden temor”, especifica. “Así se genera mayor represión hacia algunos grupos, y ya sabemos que quienes se manifiestan son las personas con mayor vulnerabilidad”, especifica.

En México no se vio un escenario similar desde los años sesenta y setenta, cuando de facto se limitó el uso de espacios públicos para las manifestaciones sociales; “estamos regresando décadas atrás, con la diferencia de que esto ya no sería ilegal, porque se habilita el marco legislativo para que sea legal el uso de la fuerza y la represión como factor de gobernabilidad”, finaliza Hernández.