La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las tarifas eléctricas no dependen de la situación de los usuarios del servicio, sino únicamente de la situación financiera de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
Veronica Mondragón | Excelsior | 22 junio 2011
'La fijación de las tarifas de energía eléctrica no depende de la voluntad o de la capacidad económica de los consumidores, sino de los costos de generación, distribución, suministro y venta del servicio, así como del estado financiero del organismo prestador del servicio', establece la tesis aislada XI/2011 elaborada por la Primera Sala.
El documento publicado el pasado 15 de junio determinó que los costos del servicio eléctrico páralos usuarios de todo el país dependen del trabajo de la paraestatal. 'Su fijación depende de los costos.de generación, distribución, suministro y venta, así como del estado financiero de la paraestatal', detalla el documento.
El caso llegó al alto tribunal luego de que la empresa Hoteles Camino Class, S.A de C.V, promovió el amparo 206/2010, buscando frenar varios artículos de la Ley del Servicio Público de Energía argumentando violaciones a los principios de la Constitución.
'En esta materia (energía) no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará, a través de la Comisión Federal de Electricidad, los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines', establece el artículo primero de esta legislación. Este precepto fue utilizado por los ministros para el fallo.
'La obligación del pago de las tarifas eléctricas deriva del contrato que al efecto celebre dicha Comisión con cada uno de sus consumidores', detalló la tesis. Estas normas autorizan a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y a Energía para fijar las cantidades que los consumidores deben pagar, tras recibir propuestas de la CFE.