Si Acaso los Contrataran...
*La Mitad Adultos Mayores Están en Situación de Pobreza y no Tienen Seguridad Social
*La Mayoría de Jubilados y Pensionados Requieren Laborar para Complementar su Ingreso
*Cuando Encuentran Trabajo lo Hacen en la Ocupación Informal y Precaria.
*Necesario Cambiar Ley del IMSS para que no les Retiren su Jubilación por Trabajar.
María de Lourdes Martínez González - Frecuencia Laboral
El diputado federal Yérico Abramo Masso,
presentó una iniciativa de reforma a los artículos 12 y 173 de la Ley
del Seguro Social, dado que en nuestro país la población de adultos
mayores se ha duplicado en los últimos veinte años, y de acuerdo al
Consejo Nacional de Población en 2015 había en México 12 millones 111
mil 77 personas adultas mayores, 10 por ciento de la población total, y
en su mayoría no tiene acceso a los servicios de salud públicos o
privados.
Con relación al empleo señaló que de acuerdo a
la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), en el segundo
trimestre de 2014, la tasa de participación económica de la población de
60 años y más es de 33.7 por ciento. Es decir 3 de cada diez personas
mayores se ocupan para obtener un ingreso. La tasa de participación en
los hombres es mayor (50.7 por ciento) que en las mujeres (19.4 por
ciento). Y su nivel de participación disminuye conforme avanza la edad:
casi una de cada dos personas (49 por ciento) de 60 a 64 años se inserta
en el mercado laboral como personal ocupado o como buscador de empleo y
disminuye a 10.6 por ciento en aquellos que se encuentran en una vejez
avanzada (80 años y más).”
Agregó que casi la mitad de las personas
mayores de 65 años, está en situación de pobreza. Existe una enorme
brecha entre lo que establece la letra de nuestro marco jurídico, como
la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, y la situación
de vulnerabilidad y exclusión que enfrentan estos mexicanos.
"En lo tocante al tema de empleo, el Reporte
sobre la discriminación en México 2012, elaborado por el Consejo
Nacional para Prevenir la Discriminación, indica que: el mercado laboral
mexicano se caracteriza por la exclusión de personas cuya edad se
encuentra por encima de los 35 años. En el caso de las y los adultos
mayores esta práctica se potencia; se trata de personas que por no
contar con recursos provenientes de una pensión suficiente deben buscar
empleo en un contexto de escasez y, nuevamente, de informalidad".
Normalmente lo encuentran como guardias de seguridad o personal de
limpieza.
Los empleos a los que las personas adultas
mayores pueden acceder se caracterizan por los bajos sueldos. Los
adultos mayores son los que en promedio tienen menor ingreso por hora en
el trabajo extra-doméstico con respecto al grueso de la población. Esto
se debe a que para algunas personas adultas mayores la remuneración
proviene de propinas, pensiones y los menos del salario. Cabe considerar
también que las mujeres y los hombres mayores de 60 años experimentan
deterioro físico y mental que repercute en las exigencias del trabajo,
disminuyendo su productividad e incluso incrementando los riesgos
laborales.
La baja cobertura de la seguridad social y
los reducidos montos de las jubilaciones son factores que impiden
convertir los años laborables de una persona en certidumbre económica y
en materia de salud a la hora de envejecer. De acuerdo con la Enadis
2010, prácticamente 6 de cada 10 adultos mayores (56.8 por ciento)
señala que sus ingresos no son suficientes para cubrir sus necesidades, y
2 de cada 10 expresan que tienen dificultad para cubrirlos.
Además de la necesidad económica, el rechazo
en el mundo del trabajo ocasiona frustración y también tiene efectos en
la economía, en la familia y en el ámbito social, es decir, trastoca el
complejo social en general. Lo cierto es que la estructura actual del
mercado laboral no brinda espacio a las personas adultas mayores. Como
les ocurre a los jóvenes, las personas mayores de 60 años encuentran un
escenario adverso en una economía que les ofrece pocos empleos, y los
que existen, son precarios. A pesar de la importancia que tiene el
trabajo para el desarrollo pleno de las personas adultas mayores, los
estigmas que trae consigo la vejez dificultan conservar o conseguir
empleos de calidad. De acuerdo con la Enadis 2010, el principal problema
percibido por 4 de cada 10 personas adultas mayores es la dificultad
para encontrar trabajo.”
En su propuesta el diputado federal Yérico
Abramo Masso, señala que en el tema de pensiones y jubilaciones, la
Encuesta Nacional de Empleo y Seguridad Social (ENESS) levantada en
2013, señala que sólo una cuarta parte de los adultos mayores se
encuentran pensionados (26.1 por ciento); este porcentaje es casi dos
veces mayor en los varones (35 por ciento) que en las mujeres (18.5 por
ciento).
Tres cuartas partes (77.8 por ciento) de las
pensiones provienen del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS),
mientras que una sexta parte (14.7 por ciento) las otorga el Instituto
de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y
7.5 por ciento otras instituciones. En los hombres, 47.3 por ciento de
pensionados se da por jubilación o tiempo de servicio; 43.1 por ciento
por retiro, vejez o cesantía en edad avanzada y sólo 4.7 por ciento es
pensionado por accidente o enfermedad de trabajo. En las mujeres esta
configuración cambia radicalmente, 45.3 por ciento está pensionada por
viudez, 30.6 por ciento por jubilación o tiempo de servicio y 19.2 por
ciento por retiro, vejez o cesantía en edad avanzada.
En este apartado, cabe destacar que los
adultos mayores pensionados y jubilados enfrentan la misma problemática
que laa generalidad. La escasez de recursos fue más pronunciada entre
las mujeres, con 42 por ciento, ya que su ingreso era menor, frente a 29
por ciento de los hombres (comparado contra 42 por ciento y 36 por
ciento a nivel global, respectivamente).
Ante esta problemática, las personas
jubiladas y pensionadas tienen la necesidad de intentar regresar a la
actividad productiva a efecto de complementar su ingreso, pero se
encuentran con que el artículo 173 de la Ley del Seguro Social
representa una limitante, ya que establece que: [...] “El Instituto
suspenderá el pago de la pensión garantizada cuando el pensionado
reingrese a un trabajo sujeto al régimen obligatorio.” Asimismo señala
que: “El pensionado por cesantía en edad avanzada o vejez que disfrute
de una pensión garantizada no podrá recibir otra de igual naturaleza.”
Esto favorece a los empleadores de adultos
mayoes que no quieren sufragar los gastos que implica una
recontratación en esas condiciones. Por lo cual el legislador consideró
necesario modificar la redacción del artículo 73 del Ley del Seguro
Social a fin de que, en caso de que un pensionado o jubilado, por la
razón que sea, regrese a trabajar no se le suspenda la pensión, y que el
contratante sólo le pague el seguro contra accidentes en su área de
trabajo.
Ante lo cual propuso una iniciativa de
reforma para que se adicione la fracción IV al artículo 12 a fin de que
Las personas pensionadas y jubiladas que reingresen a un trabajo sean
sujetas únicamente al régimen obligatorio del seguro de Riesgos de
Trabajo. Y que se modifique el artículo 173 de la Ley del Seguro Social
para que el instituto mantenga el pago de la pensión garantizada
cuando el pensionado reingrese a un trabajo sujeto al régimen
obligatorio.