domingo, 27 de julio de 2014

Descartan reparto de utilidades para los trabajadores del ramo

Enrique Méndez | Periódico La Jornada | Domingo 27 de julio de 2014, p. 5
Las empresas que obtengan contratos de exploración y explotación de hidrocarburos y Petróleos Mexicanos (Pemex) no estarán obligadas al pago de la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU), a pesar de que diputados del PRD y Movimiento Ciudadano advirtieron que se trata de una violación a lo dispuesto en los artículos 1º y 123 de la Constitución, así como la Ley Federal del Trabajo.
Ayer las comisiones unidas de Hacienda y Energía, con el voto de las bancadas de PRI, PAN y sus aliados de PVEM y Panal, avalaron la propuesta del presidente Enrique Peña Nieto para definir que las utilidades de los contratistas y asignatarios no se repartirán entre sus trabajadores.

La redacción del artículo 62 de la ley de ingresos sobre hidrocarburos incluye sólo como posibilidad que las empresas y Pemex puedan otorgar a sus trabajadores cualquier incentivo, compensación, bono, gratificación o comisión por el desempeño de sus labores.

El 6 de junio pasado, durante la comparecencia del subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda, Miguel Messmacher, el diputado Juan Bueno Torio (PAN) denunció que esa exención se incluía en la iniciativa, y anunció que su partido la rechazaría porque constituiría un régimen de excepción, pero ayer hizo mutis.

La diputada Joaquina Navarrete (PRD) cuestionó que se priva a los trabajadores del derecho constitucional del reparto de utilidades, una de las pocas ventajas que tendrían por la condenable reforma energética, y se beneficia indebidamente a los contratistas y asignatarios. La figura de asignatarios se refiere a Pemex y sus empresas subsidiarias.

Es condenable, dijo, que la justificación para no pagar la PTU es impulsar la inversión de capitales, de lo que se deduce que el fin es seguir abaratando la fuerza de trabajo, sin importar el bienestar, los derechos humanos y laborales de los trabajadores y sus familias.

Agregó que si bien se argumentó que la fracción IX del apartado A del artículo 123 constitucional señala salvedades para el reparto de utilidades, en este caso no es aplicable pues las excepciones están debidamente reglamentadas en el artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo, por lo que el artículo 62 de la ley de ingresos sobre hidrocarburos resulta inconstitucional.

Joaquina Navarrete consideró que podría liberarse del pago de la PTU, conforme a la fracción III del citado artículo 126, pero a las nuevas empresas a cargo de actividades de extracción, y sólo durante el periodo de exploración, pero no aplicarse como una generalidad.

En la sesión de este sábado, Bueno Torio ya no hizo ninguna referencia a este beneficio, aunque en junio dijo: Tenemos una preocupación evidente, de lo que manda el presidente de la República en su iniciativa, que corresponde a la PTU. Hay un apartado en el que se pretende eximir a las empresas que participen en la explotación de la energía en nuestro país del pago de utilidades, que es un derecho constitucional de los trabajadores en México.

Fuente: La Jornada