Termina la figura de paraestatales y nacen las empresas productivas del
Estado
‘‘Se destinarán al financiamiento del gasto público’’, dice el artículo 118
de la ley reglamentaria
Enrique Méndez y Roberto Garduño | Periódico La Jornada | Jueves 31 de julio de 2014, p. 5
Enrique Méndez y Roberto Garduño | Periódico La Jornada | Jueves 31 de julio de 2014, p. 5

Ayer los diputados del PRI, PAN, PVEM y Panal avalaron en lo general el
paquete de leyes reglamentarias, y en el contenido de la de Petróleos Mexicanos,
específicamente en su artículo 118, se establece el corte de un beneficio
histórico para los trabajadores de la empresa:
‘‘Las utilidades que obtengan Petróleos Mexicanos y sus empresas productivas
subsidiarias tienen como fin incrementar los ingresos de la nación para
destinarlos al financiamiento del gasto público, por lo que dichas utilidades no
se repartirán ente sus trabajadores.
‘‘Lo anterior, sin perjuicio de que conforme a la legislación laboral, puedan otorgar a sus trabajadores cualquier incentivo, compensación, bono, gratificación o comisión por el desempeño de sus labores.’’
No obstante, en la misma ley se acota la posibilidad de otorgar alguno de esos incentivos. En el artículo 104 de la nueva legislación los senadores y diputados colocaron un candado a esa posibilidad:
‘‘Las percepciones extraordinarias que, en su caso, se cubran por concepto de estímulos, reconocimientos, recompensas, incentivos y cualquier pago equivalente a los mismos, se podrán otorgar de manera excepcional a los trabajadores (…), siempre y cuando cuenten con recursos aprobados específicamente para dicho fin y condicionados al cumplimiento de compromisos de resultados sujetos a su evaluación.
‘‘Las percepciones extraordinarias no constituyen ingreso fijo, regular ni permanente, ya que su otorgamiento se encuentra sujeto a requisitos y condiciones variables. Dichos conceptos de pago en ningún caso podrán formar parte integrante de la base de cálculo para efectos de indemnización o liquidación o de prestaciones de seguridad social.’’
La explicación gubernamental del concepto empresa productiva del Estado se sustenta en ‘‘la inminente apertura del mercado energético en nuestro país, pero también después del reconocimiento de que actualmente las empresas estatales más importantes se encuentran sujetas a un excesivo sistema de control gubernamental que les impide gozar de la flexibilidad empresarial que requieren para operar eficientemente, lo cual sobresale al compararlas con empresas similares en el ámbito internacional’’.
De tal forma, se insiste en que la reforma a Pemex y la CFE tiene como punto medular el establecimiento de un modelo de gobierno corporativo moderno que abarque todos los aspectos necesarios para su adecuado y óptimo desempeño.
En el caso de Petróleos Mexicanos, se otorga al consejo de administración la categoría de órgano supremo de administración, y será responsable de definir las políticas, lineamientos y visión estratégica del nuevo Pemex.
Fuente: La Jornada