La naturaleza del indulto es discrecional, una potestad del Ejecutivo, dice Sepúlveda
El gobierno tiene un plan “de intervenciones” para analizar casos de posibles excarcelaciones, afirma
El gobierno federal no “trivializará” el uso del indulto (para decretar la liberación de un sentenciado), pero sí tiene un plan de “intervenciones” para analizar expedientes de internos en los que se presuman violaciones al debido proceso.
“Tenemos muchos casos, no de ahora, sino de mucho tiempo, por ejemplo indígenas que se encuentran en prisión o que han sido sometidos a procesos judiciales y que existen reclamos acerca de que no han sido atendidos conforme a los principios (de garantías básicas)”, señaló Ricardo Sepúlveda, director de Políticas Públicas de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación (SG).
Un día después de que el presidente Enrique Peña Nieto otorgó el indulto a Alberto Patishtán (quien purgaba una condena de 60 años, acusado de participar en una emboscada a policías), el funcionario comentó en entrevista las recientes reformas y adiciones al Código Penal Federal que permitieron, precisamente, dar la libertad al profesor tzotzil.
Los cambios legales que permitieron esa liberación “más que ser un traje a la medida son un detonador, un caso paradigmático” para abrir vías de protección y beneficios para muchas personas más en los próximos años, subrayó.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos informó en julio pasado que en México 8 mil 486 internos en centros penitenciarios (290 mujeres y el resto varones) enfrentan problemas de discriminación, eficiente atención médica, falta de información sobre los derechos humanos que los asisten, carencia de recursos y escaso contacto familiar, así como desconocimiento de los beneficios de libertad anticipada que pueden solicitar de acuerdo con el nuevo sistema de justicia penal.
Más expedientes
En el escritorio de la SG, encabezada por Miguel Ángel Osorio Chong, a quien el jueves pasado tocó hacer el anuncio del indulto al profesor chiapaneco –quien pasó 13 años preso–, están los expedientes de otros indígenas, lo mismo solicitando preliberación que excarcelación, por diversos motivos, cuyo común denominador es el análisis de posibles indicios de violaciones graves a sus derechos.
Al preguntarle a Sepúlveda si en esta “intervención” se ponderarán, para el análisis, los casos de quienes se dicen “presos políticos”, respondió que el criterio será, sin más, el de posibles violaciones a los derechos humanos.
La naturaleza del indulto, dijo, es precisamente discrecional, una potestad del Ejecutivo, lo cual no significa un acto voluntarioso, sino la decisión excepcional y con base en estudios previos para intervenir en favor de las garantías básicas.
Admitió que para la toma de esta decisión “sí hubo presiones políticas”, tanto nacionales como internacionales.
Lo anterior se considera positivo, aunque de manera preponderante pesó más, dijo, la voluntad (del Presidente) que las presiones para demostrar que éste no será un hecho aislado, sino un compromiso político en favor de los derechos humanos.
La adición al Código Penal Federal indica que el presidente de la República puede conceder el indulto de manera excepcional, cuando se presenten cuatro requisitos: delitos de orden federal, que la persona sentenciada no sea un peligro, que haya indicios de violaciones graves a los derechos humanos y que se hayan agotado todos los recursos legales nacionales.
Todo lo anterior lo cumplía el expediente de Patishtán, sentenciado en 2002 a 60 años de prisión, por lo que se le insiste a Sepúlveda acerca de la confección de la reciente norma.
El funcionario aseguró que la solución en torno al marco legal en referencia fue planteada por diversas instancias del Estado, no sólo del Poder Ejecutivo, aunque, efectivamente, “el caso del profesor Patisthán fue el detonador de esta reforma; no creo que sea el único caso presente ni del pasado”.
Fuente: La Jornada
Fuente: La Jornada