lunes, 23 de septiembre de 2013

Un interés nada social

Las familias de menores ingresos con casas de interés social serán las principales afectadas de aprobarse la propuesta de IVA a esas viviendas, que representan más del 50 por ciento de las ventas en el mercado
23 septiembre 2013 | Staff Reporte Indigo
La iniciativa de reforma hacendaria propuesta por el presidente Enrique Peña Nieto pretende gravar la compra y renta de viviendas con el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Actualmente estas transacciones se encuentran exentas del impuesto por lo que las personas que busquen adquirir o rentar una casa tendrán que pagar un 16 por ciento adicional. 
El gobierno federal ha defendido la propuesta afirmando que el 10 por ciento de los hogares con mayores ingresos son los más privilegiados con la actual exención del IVA al llevarse el 37 por ciento del beneficio, mientras que el 10 por ciento de los hogares con menores ingresos recibe únicamente el 2 por ciento.


En otras palabras, el objetivo de Peña Nieto es que los hogares de mayores ingresos contribuyan más en la recaudación de impuestos.

Sin embargo, los datos ponen en duda las afirmaciones del presidente. La Cámara Nacional de la Industria de Desarrollo y Promoción de Vivienda (Canadevi) declara que entre el 50 y 55 por ciento de las ventas de casas nuevas en todo el país son de interés social.

Este tipo de viviendas van dirigidas a cubrir necesidades básicas de la población, es decir, son las casas en las que el Estado busca construir de manera especial. 

Las casas de interes social se enfocan en otorgar un bienestar mínimo a la población con menos ingresos del país.

Asimismo, desarrolladores de vivienda han afirmado que el cobro de IVA en viviendas nuevas registrará una caída en el mercado de interés social, lo que se traduciría en el despido de trabajadores que laboran en el área de construcción de casas.

El propio director del Instituo de Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), Alejandro Murat Hinojosa, ha declarado que el esquema de cobro de IVA en créditos hipotecarios, renta y compraventa de casas debería excluir a las viviendas de interés social.

Al mismo tiempo, otros organismo de la inversión privada, como la Coparmex y la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, tienen previsto realizar varias reuniones con los responsables de la Secretaría de Hacienda para abordar este tema.

¿A quién aplica?

La propuesta del IVA a la vivienda ha despertado dudas entre los contribuyentes que desconocen cuándo aplica el impuesto y de qué manera serán afectadas las operaciones realizadas hasta la fecha.

En principio, se ha propuesto cobrar el 16 por ciento de impuesto a la compra y renta de viviendas, así como a los intereses generados por los créditos hipotecarios.

En ese sentido, la compra y venta de los terrenos baldíos continúan exentos de IVA, ya que no son considerados como viviendas.

Cuando una persona adquiera la propiedad de una casa, tendrá que pagar el impuesto al momento de realizar el pago. 

Si la compra se realiza a plazos, entonces el IVA se pagará sobre el monto de cada una de las aportaciones que se haga periódicamente conforme se vayan generando.

En el caso de los intereses hipotecarios, el IVA se cobrará de las cantidades que se generen cada mes y aplicará a todos los créditos vigentes, incluso cuando hayan sido contratados antes de la reforma y las mensualidades estén pactadas de antemano en un contrato. 

En otras palabras, si se llega aprobar la reforma todas las hipotecas deberán pagar IVA por los intereses mensuales que pague el contribuyente. 

Los créditos hipotecarios afectados incluyen los de los bancos comerciales, el Infonavit, Fovisste, Sofomes y Sociedad Hipotecaria Federal.

De tal modo, el abono a capital de los créditos hipotecarios no genera IVA, ya que la propuesta sólo aplica a los intereses. 

Esta nueva carga en las viviendas no será deducible en las declaraciones del Impuesto Sobre la Renta y el IVA no se podrá acreditar. En cuanto al arrendamiento de viviendas, los inquilinos son los que se encuentran obligados a pagar el 16 por ciento de IVA a sus respectivos arrendadores, quienes lo deberán hacer llegar al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Industria en aprietos

Tanto especialistas fiscales como desarrolladores de casas concuerdan en que las pretensiones de la reforma hacendaria en materia de vivienda frenará su construcción y venta.

Por si fuera poco, la industria no se encuentra en su mejor momento. De acuerdo con datos publicados por el Banco de México, el crédito para viviendas por parte de la banca comercial tuvo una desaceleración en los primeros siete meses del año. 

En ese sentido, este tipo de crédito creció en un 5.6 por ciento en lo que va del año, lo que significó la expansión más baja para un periodo similar desde el 2003.

Por su parte, la cartera vencida en préstamos hipotecarios tuvo un alza de 4.8 por ciento en ese mismo periodo, donde el incumplimiento del sector de vivienda media y residencial crece al 2.5 por ciento real.

En lo que concierne a la renta de viviendas, actualmente muchos arrendadores optan por la informalidad para no reportar sus ingresos completos ante el SAT. 

El nuevo impuesto puede ser considerado como una manera de desincentivar la formalidad, ya que los arrendadores que no paguen impuestos podrán ofrecer mejores precios a sus inquilinos.

En resumen, la iniciativa de Peña Nieto no busca incrementar la base gravable, sino que grava nuevamente a los contribuyentes cautivos, que en gran parte son de escasos recursos, para cobrarles más impuestos.

¿Cómo hay que pagar?

La propuesta de gravar con un IVA a las viviendas incluida en la iniciativa de reforma fiscal ha levantado dudas acerca de su aplicación. Consulta aquí los puntos principales:

° Se gravará con un 16 por ciento de IVA la compra y renta de viviendas, así como los intereses generados por los créditos hipotecarios.


° Se continúa la exención de la aplicación del IVA a la compra y venta de los terrenos baldíos.

° Al adquirir una vivienda, se tendrá que pagar el IVA al momento de realizar el pago. Si el pago se realiza a plazos, el IVA se pagará sobre el monto de cada una de las aportaciones periódicas.

° Para los intereses hipotecarios, se aplicará el IVA a las cantidades que se generen cada mes, y aplicará para todos los créditos vigentes, incluso si fueron contratados antes de la reforma y las mensualidades fueron pactadas mediante un contrato. Esto incluye los créditos de los bancos comerciales, el Infonavit, Fovisste, Sofomes y Sociedad Hipotecaria Federal.

° El abono a capital de los créditos hipotecarios no será gravado con el IVA.

° La carga propuesta a las viviendas no será deducible en las declaraciones del ISR y el IVA no podrá acreditarse.

° Para el arrendamiento, los inquilinos están obligados a pagar el IVA a sus arredadores, quienes lo deberán hacer llegar al SAT.

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Fuente: Reporte Indigo