lunes, 15 de julio de 2013

"Abuso de poder”, cancelar registro de sindicato de Honda: ANAD

El Correo Ilustrado-La Jornada
El derecho de libertad sindical no puede, no debe, estar sujeto a que la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje lo decida, porque esa garantía constitucional y universal no está en sus atribuciones. ¿Cuándo se ha visto que cancele un registro patronal? Es idéntico tal derecho de obreros y patrones. (artículo 123 de la Constitución.)
A todas luces se trata de acto de abuso de poder. Y cuando es reiterado, como en los casos sindicales de México, nos dice la Corte Interamericana de Derechos Humanos, se trata de un delito de Estado, el más grave: “de desvío de poder”, “por un reiterado abuso de poder”.

Que la Junta Federal diga: “Se cancela el registro del sindicato”, es tanto como decidir: “Se cancela el registro de un periódico o el de una universidad” por “alterar la paz pública”. Esa autoridad no tiene ni la remota idea de lo que decide, ni de sus atribuciones, por la simple razón de no puede ir –ninguna autoridad– contra las garantías ciudadanas de la sociedad, inherentes a la condición de la dignidad humana. ¿Tendrán idea de esto las autoridades de la Junta Federal?

A los trabajadores de Honda les cancelaron el registro sindical “por alterar la paz”, afirma la junta federal, sin comprobar nada; menos advierte el alcance inconstitucional de la sentencia. En realidad la decisión no es de la junta, sino de la empresa y el gobierno de Peña. A los trabajadores los derrotan por violencia, corrupción o cansancio, sea por torcer o por dilatar la justicia, como intentan con los obreros de Honda. Pero ahora estamos ante un grupo aguerrido por sus derechos.

Por la ANAD: Enrique Larios, Karla Michell, María Luisa Campos, José Luis Contreras, Lauro Sol, Estela Ríos, Nahir Velasco y Óscar Alzaga

Fuente: La Jornada