domingo, 10 de marzo de 2013

Recomendaciones a los usuarios del servicio de energía eléctrica con queja de Profeco

Angel Hernández | Venceremos año 4, #44 | Marzo 2013
1.- Si el contratista de la CFE LLEGA A TU CASA, Guarda la calma, nunca te alteres, recuerda que es tu casa, domicilio Y NADIE TIENE DERECHO A MOLESTARTE. (Art. 16 constitucional)
2.- Pide que se identifique, con credencial y toma los datos de la camioneta o auto particular en que llegan, si se niegan a identificarse, toma una fotografía para identificarlo, procede en consecuencia, auxíliate con tus vecinos, (para eso es muy importante que te organices por calle)
¡NUNCA DEJES QUE TE TOMEN FOTOS, A TI, TU FAMILIA O A TU CASA! ¡Tu hogar tú lo defiendes!

3.- Sí tienes la queja de profeco: tenla en la mano siempre, RECOMEDAMOS QUE TENGAS UNA COPIA FOTOSTATICA DE LA QUEJA, ENMICA, JUNTO AL SWITH, pasillo, o atrás de la puerta; Para que cualquier familiar que esté presente la muestre. OJO: SOLO MOSTRAR, ¡NUNCA ENTREGES O DES UNA COPIA DE LA QUEJA!

4.- Si la CFE dice que” la queja no vale”, recuérdales que ellos NO SON AUTORIDAD quien va decidir si la queja es válida o no, es la PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR (profeco).

ARTÍCULO 1.- La presente ley es de orden público e interés social y de observancia en toda la República. Sus disposiciones son irrenunciables y contra su observancia no podrán alegarse costumbres, usos, prácticas…, convenios 

Son principios básicos en las relaciones de consumo:

X.- La protección de los derechos de la infancia, adultos mayores, personas con discapacidad e indígenas.


5.- Sí llegan con policías los de la CFE……… RECUERDALES QUE LA POLICIA ESTA PARA DEFENDERTE COMO USUARIO

ARTÍCULO 4.- Son auxiliares en la aplicación y vigilancia de esta ley las autoridades federales, estatales y municipales.

6.- Los contratistas de la CFE, NO PUEDEN DEJARTE 1) CITATORIOS, 2) ö “trámites legales ante el Ministerio publico” 3) sacar fotos 4) amenazarte que te van a “embargar” 5) Que vaya el “jurídico de CFE” etc. LA LEY DE PROFECO DICE:

ARTÍCULO 10.- Queda prohibido a cualquier proveedor de bienes o servicios llevar a cabo acciones que atenten contra la libertad o seguridad o integridad personales de los consumidores bajo pretexto de registro o averiguación. En el caso de que alguien sea sorprendido en la comisión flagrante de un delito, los proveedores, sus agentes o empleados se limitarán, bajo su responsabilidad, a poner sin demora al presunto infractor a disposición de la autoridad competente. La infracción de esta disposición se sancionará de acuerdo con lo previsto en esta ley, independientemente de la reparación del daño moral y la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados en caso de no comprobarse el delito imputado.

7.- RESPECTO A LOS MEDIDORES DIGITALES, PRE-PAGO. Profeco debe ser vigilante de los equipos de medición, en caso concreto de los medidores instalados por luz y fuerza MEDIDORES ELECTROMECANICOS.

ARTÍCULO 24. La procuraduría tiene las siguientes atribuciones:

XIV. Vigilar y verificar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en esta ley y, en el ámbito de su competencia, las de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, así como normas oficiales mexicanas…

XIV bis. Verificar que las pesas, medidas y los instrumentos de medición que se utilicen…

XXII.- Coadyuvar con las autoridades competentes para salvaguardar los derechos de la infancia, adultos mayores, personas con discapacidad e indígenas...

8.- SI LOS CONTRATISTAS DE CFE TE CORTAN LA LUZ, SE SANCIONARÁ…articulo 127 ley profeco. de $411.61 a $1’317,141.34.

Tienes que elaborar un reporte, anexarlo y entregarlo a oficina de profeco, procurando que sellen el documento de recibido, QUE CONTENGA, FECHA DE CORTE, QUIÉN LO REALIZÓ, tu numero de contrato, la fecha de la queja de profeco, (necesario identificar al contratista de CFE, si se niega saque una foto). Y anote placas de la unidad. Recuerde siempre, defender su contrato, domicilio… y organizarse. 

5 DE MARZO 2013.

Fraternalmente 

Ángel Hernández Valdez (085969)
Agencias Foráneas.

Facebook: angel.hernandez.940