miércoles, 31 de octubre de 2012

La reforma laboral, lesiva para trabajadores: Rifapt

El Correo Ilustrado-La Jornada
La Red de Investigadores sobre Factores Psicosociales en el Trabajo, (Rifapt) es una asociación integrada por profesionistas, investigadores y docentes dedicados al estudio del trabajo y sus efectos en la salud y la mentalidad de los trabajadores. Consideramos que la propuesta de Ley Federal del Trabajo enviada al Congreso por Felipe Calderón, representa un severo retroceso de los derechos laborales ganados por los trabajadores mexicanos durante decenios de lucha por la dignificación del trabajo.
Este proyecto de reforma pretende desregular los derechos laborales, eliminar garantías elementales como la estabilidad en el empleo, imponer una disminución real de los salarios, la intromisión gubernamental en la vida sindical y la subcontratación sin derechos ni prestaciones para los trabajadores.

Tal contrarreforma pretende legalizar la precarización del trabajo, lo que sin lugar a dudas perjudicará las condiciones laborales, de vida y de salud, tanto de los trabajadores como de sus familias.

La Rifapt exige que antes de realizar cualquier reforma a la Ley Federal del Trabajo, se abra en los órganos legislativos un espacio de discusión donde, en primer lugar los trabajadores, legisladores, empresarios y especialistas, analicen los impactos de las propuestas y se tomen decisiones que favorezcan la mejora de las condiciones laborales en nuestro país.

La imposición de esta contrarreforma lesionará profundamente los derechos laborales, calidad de vida y salud de generaciones de trabajadores.

Mesa directiva de la Rifapt. Susana Martínez Alcántara, secretaria de investigación y relaciones públicas

Diputados alteran iniciativa

La Cámara de Diputados alteró lo votado en materia de causales de despido, en absoluta falta de respeto a la legalidad y a los trabajadores, lo cual evidencia, ya no sólo la injusticia e inconstitucionalidad de la reforma laboral que se discute en el Congreso, sino el cochinero en el proceso de elaboración. Lo que afirmo se desprende de la versión estenográfica de las sesiones del 28 y 29 de septiembre pasados.

En la iniciativa preferente de Calderón y en el dictamen aprobado por la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados, el artículo 47 fracción II señalaba como causal de despido incurrir el trabajador en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos contra el patrón, sus familiares o personal directivo o administrativo de la empresa o contra clientes y proveedores del patrón, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia.

El pleno aprobó: “artículo 47, fracción II incurrir el trabajador en sus labores en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias, tratamientos contra el patrón, sus familiares, su personal directivo o administrativo o de la empresa o establecimiento, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia. Es decir, ya no aparece la referencia a clientes y proveedores; sin embargo en la minuta que llegó al Senado se reinsertó ésta. Esta alteración es nula de pleno derecho,y debe hacerse el deslinde de responsabilidad.

Norahenid Amezcua, integrante de la Organización de Mujeres Trabajadoras