viernes, 30 de mayo de 2014

Echan abajo el ‘haber de retiro’ para magistrados del Tribunal Electoral

El dictamen se envió a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, y podría ser discutida en el pleno, en el próximo periodo extraordinario que soliciten a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
30 mayo 2014 | Redacción Aristegui Noticias
La Comisión de Gobernación derogó el artículo que establecía un “haber de retiro”, es decir, un pago para los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral cuando dejaran sus cargos. 
Este pago fue avalado por el Congreso de la Unión durante el pasado periodo extraordinario, efectuado el 14 y 15 de mayo pasado, en el marco de la discusión de las leyes secundarias de la reforma político-electoral.

El artículo era parte de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación la fracción XXXI del artículo 209, que concedía a la comisión de administración del Tribunal Electoral la atribución para determinar, en su caso, el “haber de retiro” de los magistrados de la Sala Superior.

Conforme al dictamen que se remitió a la mesa directiva de la Cámara de Diputados para que se programe en el próximo periodo de sesiones extraordinarias, se busca dotar de claridad y legitimidad el uso de los recursos que se destinan a las remuneraciones y prestaciones de los servidores públicos de los distintos órganos del Estado, en este caso del Tribunal Electoral.

Resalta que el “haber de retiro” es una prestación económica de carácter no remunerativa que se identifica con las pensiones de los empleados públicos. Además, debe estar asignado por la ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo, y se determina de forma anual y equitativa en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Sin embargo, precisa que es constitucional asignar “haberes de retiro” a los funcionarios públicos siempre y cuando se cumplan los requisitos legales de este tipo de prestaciones. Afirma que por sí mismo no es condicionante de la estabilidad e inamovilidad de los jueces o magistrados sino, en todo caso, complementario y sujeto a la norma.

Al respecto, los diputados del PRD, Julio César Moreno Rivera, Lizbeth Eugenia Rosas Montero, José Ángel Ávila Pérez y Luis Manuel Arias Pallares celebraron que se haya quitado el “haber de retiro”, ya que mantenerlo representaba un insulto para millones de mexicanos que viven con un salario mínimo e indicaron que es “inaceptable e insultante” darle más prestaciones a quienes ya perciben las mejores.

El diputado Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (PT) calificó la introducción del “haber de retiro” como un distractor, ya que en el fondo se aprobó una legislación en materia político-electoral “totalmente lesiva a los intereses de la población”, ya que se suprimió la posibilidad de candidaturas comunes y estableció más requisitos para los candidatos independientes que para registrar un partido.

De Nueva Alianza, el diputado Luis Antonio González Roldán precisó que se dio cumplimiento a un acuerdo alcanzado en el periodo extraordinario, al corregir un tema que lastima a la sociedad, toda vez que en México “no hay pensión, derecho o condición laboral que no tenga que ser correlativa con los años de servicios; no puede haber una discriminación tal”, dijo.

A su vez, el diputado Abel Octavio Salgado Peña (PRI) resaltó que el “haber de retiro” no es congruente, porque la situación de muchos ciudadanos es difícil, por lo que se tiene que garantizar la posibilidad de que tengan acceso a mejores niveles de bienestar. Hizo votos para que este dictamen se incluya en el próximo periodo extraordinario de sesiones.