viernes, 25 de octubre de 2013

Turnan diputados a comisión la reforma sobre el indulto

Partidos, sin acuerdo para aprobarla
Se pospone la liberación de Alberto Patishtán
Roberto Garduño y Enrique Méndez | Periódico La Jornada | Viernes 25 de octubre de 2013, p. 16
La Cámara de Diputados turnó ayer a la Comisión de Justicia la minuta del Senado que reforma el Código Penal Federal para que el Ejecutivo pueda otorgar el indulto “cuando existan condiciones de violaciones graves a los derechos humanos” del sentenciado, con la que se busca la liberación del profesor Alberto Patishtán Gómez.
Aunque en el Senado se dijo que había un acuerdo para que ayer mismo se abordara la reforma en el pleno de la Cámara, con objeto de que el Ejecutivo la publicara hoy para que entrara en vigor el lunes, la mesa directiva únicamente dio el turno a la citada comisión, debido a que no hay un acuerdo de los grupos parlamentarios de avalar el cambio en lo inmediato.

El coordinador del PRI, Manlio Fabio Beltrones, informó que los diputados están listos para aprobar la minuta “y lo haremos con la misma diligencia que en el Senado, en donde hubo unanimidad del voto y pronto tendremos estas nuevas facultades para el Ejecutivo a fin de que se pueda indultar a todos aquellos que lo merezcan”.

La comisión no ha sido citada, porque aún tiene pendientes cambios al proyecto de dictamen en materia de persecución al delito de terrorismo.

La minuta recibida ayer del Senado agrega un artículo 97 bis al citado código, para definir que “de manera excepcional, por sí o a petición del pleno de alguna de las cámaras del Congreso de la Unión, el titular del Poder Ejecutivo federal podrá conceder el indulto, por cualquier delito del orden federal o común en el Distrito Federal, y previo a dictamen del órgano ejecutivo de la sanción en el que se demuestre que la persona sentenciada no representa un peligro para la tranquilidad y seguridad públicas, expresando sus razones y fundamentos, cuando existan indicios consistentes de violaciones graves a los derechos humanos de la persona sentenciada”.

En el segundo párrafo del artículo 97 bis se establece que “el Ejecutivo federal deberá cerciorarse de que la persona sentenciada haya agotado previamente todos los recursos legales nacionales”.

Fuente: La Jornada