miércoles, 30 de enero de 2013

Corte rechaza que la CFE contrate a ex trabajadores de LyFC

Los cinco ministros de la segunda sala votaron en contra del amparo otorgado a los afiliados del SME para que la paraestatal fungiera como patrón sustituto tras la extinción de Luz y Fuerza del Centro.
Aristegui Noticias | 30 Enero 2013
Ministros de la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación votaron a favor del dictamen que propone la revocación del amparo otorgado, el 13 de septiembre de 2012, a los agremiados al Sindicato Mexicano de Electricistas en el que se establece que ante la extinción de Luz y Fuerza del Centro, la Comisión Federal de Electricidad debía contratar como patrón sustituto a cerca de 16,000 trabajadores.

Por unanimidad de votos, los ministros dieron la razón al gobierno federal, que alegó la constitucionalidad del decreto por el que decidió la extinción de la paraestatal y, por tanto, la conclusión de las relaciones laborales con el sindicato y sus agremiados.

Los ministros del máximo tribunal del país determinaron además que los trabajadores de la extinta compañía Luz y Fuerza del Centro tienen a salvo sus derechos para cobrar las liquidaciones que no han retirado, hasta que no terminara este juicio.

El proyecto del ministro Luis María Aguilar establece, según el diario El Universal, que el tribunal colegiado interpretó de manera incorrecta la naturaleza de la relación laboral entre el presidente de la República y los trabajadores de los organismos públicos descentralizados, como lo era LyFC.

Aguilar sostuvo que, de acuerdo con diferentes precedentes de la propia Corte, el patrón de los afiliados al SME no era el Ejecutivo federal, sino LyFC, pues era un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios y, por tanto, establecía directamente las relaciones con sus trabajadores y era responsable de las mismas ante ellos.

La sala coincidió en que el titular del Ejecutivo no es el patrón único de toda la administración pública federal, incluidos los organismos descentralizados, y no era necesario entrar al análisis de si la CFE debía ser el patrón sustituto de los ex trabajadores, porque ésta no participó en el contrato.

El ministro Fernando Franco recordó que ya la Corte se pronunció por la validez del decreto de extinción de LYFC, con todas sus consecuencias, y que los trabajadores que no lo han hecho pueden ejercer su derecho a la liquidación.

Destacó que en estos casos no hay necesidad de una notificación previa para dar por terminadas las relaciones laborales.

De acuerdo con un reporte radiofónico, en los alrededores de la Corte ya empezaron las manifestaciones de inconformidad por parte de los trabajadores del SME.

Otro grupo de inconformes clausuró de manera simbólica las instalaciones de la Secretaría de Energía (Sener), en desacuerdo al incremento al precio de la gasolina que se aplica cada mes.