miércoles, 15 de agosto de 2012

Notifican a los trabajadores de Calzado Sandak la inexistencia de la huelga

La empresa cerró en julio de 2011 sin mediar juicio y desconociendo el contrato colectivo
Consideran el hecho “un nuevo agravio” de las autoridades laborales hacia los obreros
Patricia Muñoz Ríos | Periódico La Jornada | Miércoles 15 de agosto de 2012, p. 21
A casi un año de que estalló la huelga en la empresa Calzado Sandak, de Calpulalpan, Tlaxcala, a los trabajadores de esta compañía les declararon la inexistencia del paro, aun cuando demostraron que el consorcio de capital canadiense, de manera unilateral cerró sus puertas en julio de 2011, sin mediar juicio alguno, desconociendo el contrato colectivo y luego les ofreció que “maquilaran la producción en sus domicilios” y que se les pagaría a destajo y sin prestaciones.

La inexistencia de la huelga en Calzado Sandak –que pertenece a la trasnacional canadiense Bata International– es un “nuevo agravio de las autoridades de justicia laboral a los trabajadores”, señaló el Frente Auténtico del Trabajo (FAT), y sostuvo que el paro se realizó en defensa de la fuente de trabajo y en reclamo de salarios y prestaciones que adeudaban a los trabajadores.

Refirieron que el 18 de julio de 2011 los obreros se encontraron con las puertas de la empresa cerradas y desde esa fecha han llevado a cabo varios procesos para que les reconozcan sus derechos laborales. Los directivos los habían amenazado con despidos y quitarles su contrato; les ofrecieron que maquilaran en sus domicilios, claro, sin seguridad ni prestaciones, es decir, en la precariedad.

La Junta Local de Conciliación y Arbitraje de Tlaxcala ya les rechazó en tres ocasiones el emplazamiento a huelga formulado por Sindicato Único de Trabajadores de Calzado Sandak, alegando “problemas con la toma de nota” que la misma instancia ya les había negado. Pese a las trabas impuestas, el 29 de agosto de 2011 estallaron el paro, que luego les desconocen las autoridades con el argumento de que “la empresa estaba cerrada al momento de estallar la huelga y, por tanto, no había suspensión de labores”.

La semana pasada, los magistrados del vigésimo octavo circuito, integrado por Othón Manuel Ríos, Justino Gallegos y Octavio Chávez notificaron al sindicato que la huelga es inexistente; “resuelve que el patrón tiene la razón, con lo que le permite violar los derechos de los trabajadores impunemente”, consideró el FAT, y agregó que en casos similares, como el de Euzkadi, en El Salto, Jalisco, el Poder Judicial Federal ya había reconocido que el cierre unilateral de las empresas es ilegal.

No se puede premiar a las empresas por su ilegalidad, en detrimento del derecho de huelga que está ampliamente protegido por la norma máxima y otras de carácter internacional, además de que está consagrada en el artículo primero constitucional hay jurisprudencia emitida por la Suprema Corte, todos de carácter obligatorio. Por ello, la omisión y negligencia de los magistrados será materia de queja ante el Consejo de la Judicatura e instancias internacionales de defensa de derechos humanos laborales, indicó el FAT.

Fuente: La Jornada