Lunes 20 de Junio de 2011 | Pilar Ramírez
Juan Galindo.- Después de que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) desechó la queja del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) que acusaba que el decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro violó los principios de libertad sindical y negociación colectiva.
A través de un comunicado, la Secretaría del Trabajo informó que durante una reunión del Consejo de Administración de la OIT, en Ginebra, Suiza,” se examinó la queja presentada por el SME en el 2009 y se decidió desechar, por lo que no entró al estudio del asunto”.
Por su parte, el comité central del SME de la misma forma, por medio de un comunicado de prensa, manifestó que el mensaje del secretario de trabajo “manipula la información a efecto de desorientar a la opinión pública, e intentar desmoralizar a los electricistas en resistencia y al conjunto de los trabajadores mexicanos”.
En virtud de que la resolución de la OIT no está redactada en los términos en que lo informa la STPS, reproducimos textualmente dos de los párrafos del boletín 89, emitido por dicha dependencia: “Durante la 311ª reunión del Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo, órgano ejecutivo de la OIT, celebrada en Ginebra, Suiza, fue aprobado el Informe del Comité de Libertad Sindical, quien se encargó de examinar la queja presentada por el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) en noviembre de 2009, donde decidió desechar y no entrar al estudio del asunto.
“La queja presentada por el SME ante la OIT en Noviembre de 2009, fue exclusivamente en términos de las violaciones a la autonomía sindical de nuestro Sindicato, al negarnos la STPS el reconocimiento de la personalidad jurídica de nuestros dirigentes electos democráticamente, y negarnos la denominada Toma de Nota”.
Los dirigentes del SME reaccionaron ante la información difundida, por lo que aseguraron que, en breve acudirán a diversas instancias internacionales toda vez que el 5 de Julio de 2010, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que “el decreto de Calderón se ajustó a la norma Constitucional”, sin importarles a los ministros de esta corte violentar garantías fundamentales de los trabajadores agremiados al SME, como el derecho de audiencia establecido en el artículo 14 de nuestra Carta Magna, es decir, el hecho de que nuestro sindicato debió ser oído y vencido en juicio, antes de despedirnos y de ser tomadas militarmente nuestras instalaciones por el ejército y la policía”.