Antonio Gershenson | Opinión-La Jornada
Vamos a ver cómo se ha estado entregando ya Pemex, en pedazos, a empresas extranjeras, y los discursos en ese sentido no son sino la intención de extender esa entrega. Primero vinieron los contratos de servicios múltiples de Burgos, del sexenio antepasado y luego los contratos de Chicontepec. Una de las diferencias entre ambas es que en Chicontepec ya no hay contratos por 15 o 20 años. Se violaban las leyes con ellos, y eso los frenó después de la entrega a las primeras siete transnacionales.
Desde antes de la reforma legislativa de 2008, ya se concedía al contratista prácticamente el conjunto de la obra, incluyendo su diseño y su proyecto, al menos en gran medida. Esto ha sido más amplio en los llamados contratos de servicios múltiples (CSM), en la cuenca de Burgos, para explotar el gas natural.
Las principales características de los anteriores contratos de servicios múltiples son las siguientes:
“Oficialmente llamados contratos a precios unitarios, son de hecho concesiones a largo plazo para diversas obras y servicios que van surgiendo en determinada región o zona, la cual se entrega a la empresa ‘ganadora’ de la licitación. En todos los ‘concursos’ hubo sólo una oferta en el momento del fallo final: o bien se retiraron las otras o hubo sólo una desde el principio. O sea que hubo un solo ‘ganador’.
La duración del contrato, que de hecho es una concesión, es de 15 a 20 años.
“Los trabajos incluyen todo lo relacionado con el desarrollo, explotación y suministro a Pemex del gas natural de la región asignada. Esto incluye desde la perforación o modificación de pozos y el tendido de ductos, hasta obras auxiliares como construcción de caminos y demás. Los precios unitarios establecidos tienen factores de ajuste con las variables que afectarían el costo: tasas de interés de referencia, tipo de cambio, etcétera, Todos los riesgos de esa naturaleza los absorbe Pemex.
“Si se rebasa un ‘límite de pago mensual’, se acumula el remanente no pagado con el resto de la deuda. Cuando el contratista termina una obra, ese límite ya no cuenta y se debe pagar entre el mes de la terminación y el siguiente mes. Este programa de trabajo sustituye a lo que entre nosotros sería el proyecto de obra. En vez de que la entidad pública tenga el proyecto y lo use como base de la licitación, es la empresa misma la que va desarrollando proyectos en la zona que le fue asignada. Suponiendo que se supervisara la obra, ¿cuál sería la base de la supervisión? De hecho, no la hay.
“Hubo oposición de organismos judiciales y sobre todo de la Auditoría Superior de la Federación (ASF). También se opusieron a la llamada subasta descendente, que afectaría la calidad de las obras y su cumplimiento, y tampoco aceptó la vigencia de largo plazo de los contratos (de 15 a 20 años). Después de los primeros siete contratos, la duración de los contratos más recientes llega a cuatro años.
Las similitudes de los contratos de servicios múltiples y los recientes firmados por Pemex, las podemos encontrar en el contrato con Weatherford. Por ejemplo, las funciones de Pemex y las de “El Contratista”.
Para tener una idea de las condiciones que Pemex otorga a las transnacionales a través de los contratos, veamos el contrato de Pemex Exploración y Producción (PEP) con Weatherford firmado el 25 de junio de 2008 (antes de la vigencia de la actual legislación), para perforar y terminar pozos petroleros en Chicontepec (anexo b, página 72):
Responsabilidades de Ingeniería y Operación:
Para la perforación de los pozos designados, PEP es responsable de proporcionar el diseño básico de la perforación en cuanto a profundidad y geometría del pozo. El contratista es responsable de la ingeniería de operación de las actividades de perforación de pozos, así como de la instalación, desmantelamiento, transporte y programas de mantenimiento de los equipos de perforación. Para la etapa de perforación de los pozos designados, el Contratista es responsable de elaborar el programa de fluidos de perforación, programa y selección de barrenas, programa hidráulico y condiciones de operación, diseño de los aparejos de fondo y planeación de la perforación direccional y diseño de la cementación de las tuberías de revestimiento.
Con base en la información básica del pozo que proporciona PEP, el Contratista proporcionará la planeación, los diseños detallados, cálculos, pruebas de laboratorio y recomendaciones de ingeniería de perforación, así mismo son funciones del Contratista coordinar, dirigir y ejecutar los trabajos de perforación, previstos en el programa de perforación de los pozos.
“El Contratista” hace casi todo, desde lo que se llama proyecto ejecutivo hasta la obra misma. PEP tiene el derecho de supervisar, aunque no prohíbe que lo pueda hacer a través de una empresa supervisora privada.
La Auditoría Superior de la Federación determinó que Pemex infló el costo de las bases de licitación de dos contratos de servicios múltiples para la exploración, perforación y mantenimiento de pozos de gas no asociado en la cuenca de Burgos por 20 años, que fueron adjudicados en 2003 a la trasnacional española Repsol y a la italo-argentina Techint –asociada con Industrial Perforadora de Campeche–, para que otras empresas no pudieran participar (La Jornada, 29 de mayo de 2009).
“Con ello –determinó el órgano fiscalizador– se maniobró para limitar la participación de empresas concursantes. Con ello, la ASF dio respuesta a una solicitud de la Cámara de Diputados para investigar los presuntos actos de corrupción y enriquecimiento del ex subdirector de la Región Norte de Pemex Exploración y Producción en Veracruz, Alfredo Guzmán Baldizán, designado integrante de la Comisión Nacional de Hidrocarburos el 20 de mayo pasado.”
Ya mencionamos irregularidades en la adjudicación de contratos de Burgos. Hace poco se dieron a conocer los resultados de las investigaciones de la ASF para 2007. En el Informe de Resultados se señala que los trabajos en varias áreas, incluida Aceite Terciario del Golfo, que es el nombre oficial de Chicontepec, se hicieron con Pidiregas (Proyectos de Inversión Diferida) , o sea se contrató deuda pública disfrazada como privada. En este y otros casos, “PEP no llevó a cabo un proyecto definido que sustente que la inversión producirá los recursos suficientes para su amortización y obligaciones asumidas”.
Según la ASF, esta situación “incumple el artículo 18, párrafo primero, de la Ley General de Deuda Pública, que establece que ‘los proyectos a cargo de dependencias del Gobierno Federal que requieran financiamiento para su realización, deberán producir los recursos suficientes para su amortización y obligaciones que asuman’”. Sabemos que la impunidad de los funcionarios es cotidiana, pero esta auditoría al menos les quita autoridad moral para defender públicamente estos proyectos ilegales. Además, por si fuera poco, confirma la reiterada afirmación de que los trabajos en Chicontepec no son costeables.
Los actuales funcionarios presumen de que van a dar entrada a Pemex a empresas privadas. ¿Más? ¿Más ilegalidades como las de Burgos y Chicontepec? ¿Más entrega de lo que le queda de productivo a Pemex?
Fuente: La Jornada
Fuente: La Jornada