Se reforman diversos artículos del Código Penal Federal:
Se considerará como delito de delincuencia organizada, la sustracción o aprovechamiento ilegal de petróleo crudo o hidrocarburos refinados, procesados o sus derivados de ductos, equipos o instalaciones de Petróleos Mexicanos, sus organismos subsidiarios o empresas filiales.
Se sancionará con una pena de tres a diez años de prisión, al que sin derecho realice cualquier sustracción o alteración de equipos o instalaciones del servicio público de energía eléctrica.