El tema de la campaña para el Día Mundial de
la Seguridad y Salud en el Trabajo en 2017 es la Compilación y el Uso de
los Datos sobre Salud y Seguridad en el Trabajo. La Organización
Internacional de Trabajo -OIT- tiene como objetivo crear conciencia
mundial sobre la magnitud y las consecuencias de los accidentes, las
lesiones y las enfermedades relacionados con el trabajo, colocando la
salud y la seguridad de los trabajadores entre las prioridades
principales de las agendas internacionales y apoyando la actuación a
todos los niveles.
En la medida en que los datos sobre accidentes y enfermedades relacionados con el trabajo son esenciales para la prevención , hay una urgente necesidad de mejorar los sistemas
de registro y notificación, así como la recopilación y análisis de
datos sobre seguridad y salud en el trabajo (SST) a nivel nacional.
Esto proporcionaría a los países indicadores más fidedignos de la
eficacia de los sistemas nacionales de SST y les ayudaría a priorizar
cuáles problemas deberían recibir los recursos, a veces escasos,
necesarios para resolverl
En México desconocemos la frecuencia y la
gravedad de los accidentes y enfermedades de trabajo que ocurren en la
población trabajadora de manera integral, fiable y oportuna.
Para fundamentar la aseveración anterior mencionaremos lo siguiente:
• Nuestro marco jurídico NO obliga a los patrones a notificar las enfermedades de trabajo que ocurren en sus centros de trabajo; solo los obliga a notificar a la autoridad laboral los accidentes de trabajo.
Artículo 504 de la Ley Federal del Trabajo: Los patrones tienen las obligaciones especiales siguientes:
V. Dar aviso escrito o por medios
electrónicos a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, al
Inspector del Trabajo y a la Junta de Conciliación y Arbitraje, dentro
de las 72 horas siguientes, de los ACCIDENTES que ocurran,
proporcionando los siguientes datos y elementos:…..
Por lo que NO incumplen la ley cuando omiten la notificación de las enfermedades de trabajo.
Esta omisión de la LFT existe desde la
reforma de 1970, y el Poder Legislativo no fue capaz o no quiso corregir
esta “omisión” en su llamada reforma estructural del 30 de noviembre de
2012.
• Por otro lado al ser la STPS la entidad de
la Administración Pública Federal a la que compete vigilar la
aplicación del artículo 123 Constitucional y en particular todo lo
relativo a la seguridad e higiene, de acuerdo a lo determinado en el
último párrafo del mencionado artículo, debería concentrar todos los
reportes de accidentes de trabajo tanto del sector público como del priva do,
situación que no ocurre, estimamos que esta dependencia no recibe
directamente ni el 10% de los reportes de riesgos de trabajo que el
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) registra. En otras palabras
los patrones no cumplen con la obligación establecida en la LFT.
De lo anterior resulta que los datos que la
STPS reporta como accidentes y enfermedades de trabajo ocurridos
anualmente en México, son únicamente los que el IMSS publica en sus
memorias estadísticas.
El reporte de los accidentes y enfermedades
de trabajo es importante no solo para la generación de programas y
acciones de prevención, es fundamental para la obtención de las
prestaciones a las que tienen derecho la persona que sufre alguna lesión
con motivo del trabajo, ya que para reclamarlas es necesario demostrar
que el hecho ocurrió y el reporte ante una institución de seguridad
social y/o ante la autoridad laboral, constituye una prueba muy
importante para demostrarlo.
El tema de la OIT para el 28 de abril de este
año es de gran importancia para la población trabajadora, porque es la
conmemoración por las víctimas del trabajo, que es el nombre que
originalmente tenía esta fecha, es decir en memoria de los muertos y
lesionados por su trabajo, y los sindicatos deben exigir a la Secretaría
del Trabajo y Previsión Social la creación de un sistema de
notificación único, obligatorio y oportuno de los accidentes y
enfermedades de trabajo que suceden en todos los centros de trabajo,
formales o informales, públicos o privados en el país.
MSO LUIS MANUEL PÉREZ H. PANTOJA
Docente de la Maestría en Ciencias en Salud de los Trabajadores
Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Xochimilco
Correo electrónico: perezhpantoja@gmail.com
28 de enero de 2017