miércoles, 12 de octubre de 2016

El PAN se queda solo en su deseo de restringir el derecho de huelga

Al no tener apoyo impide que se discuta el dictamen
Andrea Becerril y Víctor Ballinas / Periódico La Jornada / Miércoles 12 de octubre de 2016, p. 14
La oposición del Partido Acción Nacional (PAN) a la propuesta impulsada por el Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD), a fin de eliminar del dictamen de la reforma en materia de justicia laboral el cambio que restringe el derecho de huelga, motivó que no se discutiera ayer ante el pleno.

Durante una reunión de la junta de coordinación política se aprobó modificar el dictamen y sacar del artículo 123 constitucional la disposición de establecer que en caso de emplazamiento a huelga por firma de contrato colectivo, el sindicato debe demostrar previamente contar con el apoyo de la mayoría de los trabajadores.
El coordinador de los senadores del PAN, Fernando Herrera, estuvo de acuerdo, pero pidió tiempo para consultar la nueva redacción.
En la reunión de comisiones, realizada el miércoles pasado, el PRI avaló junto con el PAN la propuesta de la Confederación Patronal de la República Mexicana, pero la oposición de la Confederación de Trabajadores de México –que acudió incluso al presidente Enrique Peña Nieto– y del movimiento independiente que encabeza la Unión Nacional de Trabajadores, obligó al PRI a cambiar su postura.
Desde el lunes se negoció una nueva redacción, que fue la que se discutió ayer en la junta de coordinación política. El coordinador priísta, Emilio Gamboa, declaró por la mañana que el dictamen podría subirse al pleno de inmediato, aunque luego se reunió con los dirigentes obreros, los cetemistas Armando Neyra, Tereso Medina y Jesús Priego y con el líder de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos, Isaías González Cuevas, encuentro al que asistió el consejero jurídico de la Presidencia de la República, Humberto Castillejos.
El texto aprobado en comisiones por el PAN y el PRI, que modificó la fracción 18 del artículo 123 constitucional limitaba el derecho de huelga en caso de emplazamientos por la firma de contrato colectivo de trabajo.
Las huelgas serán lícitas cuando tengan por objeto conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital, u obtener la celebración de un contrato colectivo de trabajo, en cuyo caso el sindicato deberá acreditar, previo al emplazamiento, la representación mayoritaria de los trabajadores.
En la propuesta de PRI y PRD, estas últimas cuatro líneas se eliminan y se agrega una nueva redacción al final de esa fracción 18. Cuando se trate de obtener la celebración de un contrato colectivo de trabajo se deberá acreditar que se cuenta con la representación de los trabajadores.
El dictamen podría aprobarse en la sesión del jueves o hasta el próximo martes.

Fuente:La Jornada - Politica