
Un tribunal colegiado decidió que un caso del periodo
conocido como la guerra sucia sí califica como crimen de lesa humanidad.
Esto abre la puerta a que decenas de procesos judiciales similares sean
reabiertos. El logro, que no se pudo alcanzar ni cuando hubo una
fiscalía especializada, es un primer paso para que sean juzgados y
castigados los agentes del Estado que secuestraron, torturaron,
asesinaron y desaparecieron a centenas de mexicanos entre la década de
los sesenta y los ochenta.
MÉXICO, D.F. (Proceso).- Después de una ardua batalla legal contra la Procuraduría General de la República (PGR), Martha Camacho Loaiza logró que el Poder Judicial de la Federación la reconociera como víctima de “crímenes de lesa humanidad” cometidos durante la guerra sucia de la década de los años setenta y ordenara a la dependencia encabezada por Arely Gómez reabrir el expediente integrado por la Fiscalía Especializada en Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp), desaparecida en 2006.
En la resolución 209/2014,
referente a la revisión de un juicio de amparo, el Cuarto Tribunal
Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito ordenó a la PGR
considerar como crímenes de lesa humanidad los abusos de agentes del
Estado cometidos en contra de Camacho Loaiza y su primer esposo, José
Manuel Alapizco, en el contexto de “un ataque sistemático” por ser
integrantes “de un grupo subversivo denominado Liga Comunista 23 de
Septiembre”.
Araceli Olivos Portugal, coordinadora del Área de
Defensa del Centro de Derechos Humanos Agustín Pro Juárez (Prodh),
confirma: “Es la primera vez que el Poder Judicial le ordena a la PGR
investigar crímenes de lesa humanidad”. La Prodh representa a Camacho,
presidenta de la Unión de Madres con Hijos Desaparecidos de Sinaloa
(UMHDS).
La sentencia del tribunal unitario se deriva de la
decisión tomada por la PGR en noviembre de 2012, cuando declaró el no
ejercicio de la acción penal en el caso de Martha Camacho, abierto 10
años antes por la Femospp. La PGR consideró que los delitos denunciados
–homicidio, allanamiento de morada, abuso de autoridad y privación
ilegal de la libertad, encuadrados en el fuero común– habían prescrito
por haberse cometido casi cuatro décadas atrás, en el marco de la
llamada guerra sucia.
Hace 38 años y estando embarazada, Martha
Camacho fue extraída de su domicilio por soldados de la IX Zona Militar,
policías de Sinaloa y miembros de la Dirección Federal de Seguridad
(DFS); fue torturada durante 49 días, obligada a presenciar el asesinato
de su esposo –cuyo cuerpo está desaparecido–, a parir en condiciones
infrahumanas y a ver cómo su bebé era encañonado en la cabeza por sus
agresores en las instalaciones castrenses.
En agosto de 1977,
cuando sucedieron los hechos, Martha y José Manuel –ella estudiante de
Economía y él maestro de Ingeniería Civil de la Universidad Autónoma de
Sinaloa, UAS– eran miembros de la Liga Comunista 23 de Septiembre.
Tras
la creación en 2001 de la Femospp, dirigida por Ignacio Carrillo
Prieto, Martha interpuso una denuncia formal por el asesinato y
desaparición forzada de José Manuel, y por ser víctima de tortura y de
desaparición forzada consumada.
La Femospp integró 532
averiguaciones previas antes de que fuera cerrada por Vicente Fox, el 30
noviembre de 2006, un día antes de que Felipe Calderón asumiera la
Presidencia.
Cuando la Subprocuraduría de Investigación
Especializada en Delitos Federales decretó el no ejercicio de la acción
penal, en 2012, Martha recurrió al Centro Prodh para interponer un
amparo contra esa decisión, logrando que el año pasado el juzgado de
distrito se apegara al derecho internacional y considerara como delitos
de lesa humanidad el asesinato y la desaparición forzada contra José
Manuel, y de tortura contra Martha, pero consideró como prescritos el
“allanamiento de morada y la privación ilegal de la libertad”, sentencia
que fue impugnada por Camacho y su equipo (Proceso 1975).
Como
sea, con esa reciente resolución del Cuarto Tribunal Colegiado en
Materia Penal del Primer Circuito “se le dice a la dependencia (PGR) no
sólo que (la tortura) no prescribe, sino que es de lesa humanidad, que
tiene que tomar en cuenta el contexto en el que se cometió y considerar
que viene de un ataque generalizado y sistemático”, dice Olivos
Portugal.
La sentencia del recurso de revisión –de la que este
semanario tiene copia– fundamenta sus argumentos en el derecho
internacional, en particular en el Estatuto de Roma sobre Crímenes de
Guerra y Crímenes de Lesa Humanidad, donde se encuadran los abusos
generalizados y sistemáticos perpetrados durante la guerra sucia.
Para
el Tribunal Colegiado, los delitos de allanamiento de morada y
privación ilegal de la libertad “constituyen los medios comisivos para
el delito de tortura” en agravio de Camacho Loaiza.
Se explica que
los agresores perpetraron esos delitos con el objetivo de “causarle
intencionalmente dolor o sufrimientos graves, físicos y materiales, con
el objeto de que respondiera a los interrogatorios que le eran
formulados para obtener información de la Brigada Margarita Andrade
Vallejo de la Liga Comunista 23 de Septiembre, movimiento de contexto
social y político del pasado en el estado de Sinaloa”.
En el texto
se asienta que las autoridades de la PGR “deberán practicar las
diligencias necearias para esclarecer la verdad de los hechos que se
investigan y determinar lo que conforme a derecho proceda en un tiempo
razonable, a fin de ejercitar o no la acción penal correspondiente, con
el objeto de reparar a la víctima en sus derechos humanos vulnerados”.
Por
instrucciones del tribunal colegiado, apunta Olivos Portugal, “la base
fáctica abarca desde que los agentes del Estado entran al domicilio de
Martha, y eso está muy bien, porque se trata de perseguir los hechos en
su integralidad, no sólo cómo la torturaron, sino que la privaron de la
libertad, que se metieron de manera ilegal a su domicilio, y todo eso
tiene que considerarlo la PGR como parte de la tortura, y como un crimen
de lesa humanidad imprescriptible”.
La abogada del Centro Prodh
reconoce que por el momento no podrá perseguirse el delito de
desaparición forzada consumada ni reconocerse la calidad de víctima
directa e indirecta de su hijo Miguel, algo que Camacho Loaiza busca
desde el principio.
Para el Centro Prodh, Miguel es víctima
directa “porque estuvo desaparecido, privado de su libertad y nació en
las peores condiciones inhumanas”, y también indirecta “de la ejecución
de su papá y de la tortura de su mamá y de la privación ilegal de la
libertad de su madre”. Así, abunda Olivos Portugal, “vamos a enfrentar
otra batalla: que se incluya a Miguel en la investigación”.
En
cuanto a José Manuel, agrega, “la PGR va a tener que abrir un
procedimiento por asesinato y desaparición forzada, porque, aunque hay
fotografías de su cuerpo, en realidad el cuerpo no está. Él sigue
desaparecido; ese cuerpo la familia no lo tiene”.
La resolución
judicial permitirá que sean juzgados algunos de los perpetradores de los
crímenes de lesa humanidad, puesto que aún están vivos.
“La
cadena de mando todavía podría ser investigada, están identificados los
probables autores materiales pero el asunto no está acabado, ahí hay una
responsabilidad hacia el superior que no se ha investigado”, continúa
Olivos Portugal.
Aunque la resolución del Poder Judicial sólo
beneficia a Martha Camacho, puede guiar criterios de actuación tanto
para los jueces como para la PGR, que técnicamente tiene abiertos otros
casos de la guerra sucia –pero que en la práctica están congelados.
“Independientemente
del caso concreto –apunta– el Poder Judicial está diciendo que se tiene
que tomar en cuenta el contexto ¡y es el mismo!: violaciones
generalizadas y sistemáticas contra movimientos sociales que constituyen
crímenes de lesa humanidad.”
La determinación judicial permite a
Camacho ser considerada víctima, pues pese a ser testigo fundamental en
la integración de averiguaciones previas por desaparición forzada en
Sinaloa durante su cuativerio en la IX Zona Militar, ni su caso ni el de
su marido fueron considerados en la recomendación 26/2001 de la
Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) sobre las atrocidades
cometidas durante la guerra sucia. Por esta omisión, tampoco está en el
padrón de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) para fines
de reparación.
Voces vapuleadas
En
entrevista, Martha Camacho sostiene que el objetivo de su pelea legal es
que “se abran criterios para que otros casos también sean
investigados”, pues “de la lista de 42 desaparecidos en Sinaloa durante
la guerra sucia, 26 no están considerados como víctimas ni como
familiares de víctima, no tienen acceso a justicia para que los hechos
sean investigados y menos tiene acceso a la ley de reparación”.
Como
presidenta de la UMHS, en abril pasado Camacho sostuvo reuniones con
funcionarios de la Secretaría de Gobernación, de la CNDH y de la CEAV
para integrar al padrón de víctimas a las víctimas y familiares que no
están en la recomendación 26/2001.
Investigadora de la UAS,
Camacho ha investigado la represión de los años setenta contra
organizaciones sociales armadas. “Muchos de los casos que no están
considerados oficialmente, en su momento no fueron denunciados por
miedo, que todavía está presente en la vida de muchos”.
Mientras
su causa estuvo abierta en la PGR, Camacho tenía guadaespaldas
asignados, porque los perpetradores de su desaparición siguen vivos y
porque como testigo de otras indagatorias hizo señalamientos incluso
dentro de la UAS: denunció que había funcionarios universitarios que le
ponían obstáculos para que no continuara con sus investigaciones sobre
la guerra sucia.
Uno de los efectos del no ejericio de la acción
penal fue precisamente el retiro de escoltas, situación que hasta la
fecha la mantiene en riesgo.
La siguiente batalla jurídica que
piensa librar, añade, es por que su hijo Miguel sea reconocido como
víctima y que pueda recuperar su nombre.
“Cuando salí de la zona
militar, por el estrés postraumático y el miedo de que mi hijo fuera
perseguido, no le puse los apellidos de su papá, a pesar de que podía
registrarlo con su nombre usando el acta de matrimonio.
“Durante
años, Miguel no supo quién era su padre, y ya mayor, cuando se enteró,
no se le ha quitado de la cabeza que tiene que recuperar su verdadero
apellido, pero también quiere limpiar el nombre de su padre y que el
Estado nos dé una disculpa pública”, puntualiza Camacho.
Martha ha
participado en los foros de organizaciones sociales que impulsan una
ley contra la desaparición forzada apegada a los estándares
internacionales.
“Es indispensable que haya un reconocimiento del
Estado de que durante las décadas de los sesenta, sententa y principios
de los ochenta hubo una política de desaparición forzada contra los
movientos sociales –considera– y para que las medidas de no repetición
sean efectivas, se requiere que esa deuda que como país venimos
arrastrando sea saldada, que se castigue a los autores de crímenes de
lesa humanidad. Sólo procurando justicia, abatiendo la impunidad, vamos a
poder resolver los casos de más de 25 mil desaparecidos de hoy.”