
Nancy Flores - Contralinea
Desde la década de 1990, Pemex ha
estructurado una red de 33 empresas que radican en México y en el
extranjero, sobre todo en paraísos fiscales, con la característica común
de ser consideradas privadas no paraestatales. Sus actividades van
desde exportar el crudo que la petrolera produce e importar productos
petrolíferos, hasta la contratación de deuda en los mercados de capital.
Cada año, por sus cuentas bancarias se maneja, al menos, 1 billón 200
mil millones de pesos.
Esto es “inadmisible”, indica Retana
Yarto. El integrante de la Red México-China de la Facultad de Economía
de la Universidad Nacional Autónoma de México advierte que se trata de
recursos públicos sujetos a fiscalización, en cuanto a su uso y destino,
por parte de la autoridad competente: la Auditoría Superior de la
Federación.
Para el autor de los libros El imperio de las mafias transnacionales y Mafia transnacional y economía criminal: México en la órbita de un poder paraestatal,
esta práctica debe sancionarse severamente porque es ilegal. Pemex “no
sólo sustrae los ingresos al fisco, sino al conocimiento de la
sociedad”.
El abogado Luis Ortiz, responsable del
área anticorrupción y prevención del fraude corporativo en la firma
Ortiz de la Concha Abogados, SC, señala que la supervisión de las
operaciones de Petróleos Mexicanos en el extranjero debe ser integral:
fiscalizar cómo mueven el dinero sus empresas privadas, los esquemas de
deuda que contratan, además de ver que ese dinero pague impuestos en
cada una de las jurisdicciones y lograr un mecanismo de verificación de
operaciones realizadas por terceros.
El maestro en derecho tributario
internacional por la Universidad de Florida observa que es sabido que
Pemex cuenta con varias empresas privadas, algunas de las cuales están
en territorios de baja imposición, por lo que –indica– habría que
estudiar cada caso, cada empresa y cada operación.
“Es un tema complejo, y si no se conocen
los motivos por los que se crea cada empresa y su ‘razón de negocio’ o
‘business purpose’ y se audita cada paso, todo puede pasar. Mientras no
sepamos sobre algún incidente o escándalo [de corrupción], habrá que
depender de la transparencia y rendición de cuentas.”
Para el también coordinador del Comité
Anticorrupción del Colegio de Abogados de la Asociación Nacional de
Abogados de Empresas es de gran importancia verificar quién ordenó qué y
a quién, y verificar igualmente que los servidores públicos
involucrados tengan facultades para ello. “Deberán ser alta y
reiteradamente cuestionados por la autoridad competente”.

Paraísos fiscales, plataforma del crimen
Los paraísos fiscales son lugares ideales para el desarrollo del blanqueo de capitales y son un caldo de cultivo
para la corrupción. Desde ahí, los corruptos pueden operar cuentas
bancarias y gastar el dinero en otros países mediante tarjetas
prepagadas o de crédito internacionales. También se pueden pagar
sobornos de y para fideicomisos de prestanombres del destinatario,
explica el maestro Luis Ortiz.
El presidente del Comité de Ética y
Responsabilidad Social Corporativa del Instituto Mexicano de Ejecutivos
de Finanzas, AC, explica que, sin importar el tamaño de las empresas, se
puede acceder fácilmente a esquemas de lavado de dinero y migrar
el dinero a bancos ubicados en diversos paraísos. La combinación
fideicomiso-paraíso fiscal-soborno puede ser materialmente indetectable,
a menos que alguien denuncie la irregularidad o el ilícito, señala.
Al respecto, el maestro Retana Yarto
refiere que los paraísos fiscales fueron concebidos inicialmente para
evadir la regulación bancaria y el manejo de fondos en las plazas
financieras nacionales: de allí que los grandes bancos colocaran
sucursales bancarias en las plazas financieras desreguladas (off shore banking centers). Por ello, dice, su rol de importancia ha sido ofrecer un mercado paralelo de fondos libres para operaciones diversas.
El lavado de dinero y la evasión
de impuestos surgen y se desarrollan exponencialmente a partir de su
condición de plazas sin regulación o supervisión oficial, explica.
El abogado Luis Ortiz refiere que hay que
distinguir entre el tradicional paraíso fiscal y las jurisdicciones que
han firmado convenios para intercambiar información y aquellas que
están dentro de un tratado para evitar la doble imposición fiscal.
“Las reglas antiabuso, reaty shopping o cherry-picking,
son claras y desde luego aplican para quienes sí pagan impuestos y
trabajan a la luz de la Ley del Impuesto sobre la Renta [ISR] o realizan
operaciones que pueden ser fiscalizadas normalmente.
“Después, hay que identificar aquellos
que envían su dinero a paraísos (regímenes fiscales preferentes) en los
que se da aviso a las autoridades, pero cuya base para el pago del ISR
es mejor a la de México; y, finalmente, aquellos regímenes fiscales en
los que se puede ocultar el dinero, se tiene un elevado nivel de
secrecía bancaria y/o no se cuenta con algún convenio de intercambio de
información fiscal. El tema es complejo para las administraciones
tributarias.”

Controles insuficientes
Hasta ahora, los controles para evitar el blanqueo de capitales
han sido insuficientes. Ello, porque se mantiene lo fundamental: un
modelo de finanzas internacionales, de mercados financieros libres de
regulaciones en donde los actores económicos, haciendo uso de la
tecnología actual, pueden transferir grandes sumas de dinero las 24
horas del día y de una plaza financiera a otra en cuestión de minutos,
expone Retana Yarto.
Agrega que quienes mejor han aprovechado
esta situación son las mafias trasnacionales: “Hoy los fondos ilegales y
los legales se entremezclan mediante el sistema bancario y bursátil, en
donde predominan los incentivos para el blanqueo de capitales: alta
rentabilidad, presta nombres, seguridad y relajamiento de normas
bancarias, sin tasas impositivas a las operaciones bursátiles”.
Para corregir esta situación, el
integrante del Colegio Nacional de Economistas y de la Asociación de
Examinadores de Fraude Certificado, Capítulo México, considera necesario
eliminar los paraísos fiscales o, en su defecto, llevar la regulación
de organismos internacionales para que determinen en qué forma pueden
operar.
“El tema es la desregulación versus regulación
y supervisión de mercados o, por lo menos, en las operaciones de más
alto riesgo: inversiones de corto plazo en instrumentos de renta
variable y en el mercado de futuros (valor de las divisas, tasas de
interés) que facilitan la especulación a gran escala.”
Sobre este tema, el abogado Luis Ortiz
considera que además de seguir los principios dictados por el Grupo de
Acción Financiera, cada país debe ser realista y atender a su propia
necesidad. “Por ejemplo, los bancos ya están saturados de regulación y
reporteo, sin embargo el fraude tributario y el lavado van en
crecimiento. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores hizo una gran
labor con las entidades financieras y transmisoras de dinero con la
revalidación del registro de éstas”.
Pero incluso si todas las entidades
financieras llegaran a un nivel de cumplimiento óptimo, aún queda la
facturación falsa, el uso de fideicomisos de aparente administración, la
simulación fiscal en facturas, el uso de sindicatos, el pago excesivo
de bonos a ejecutivos, el uso de operadores y prestanombres para
políticos, los avalúos y los pagos de sobornos en el extranjero, señala.
Advierte que en México es difícil de
identificar la empresa que evade impuestos o está simulado pagarlos.
Añade que “la auditoría fiscal, aunque haga su mejor esfuerzo, está
rebasada por el tema de lavado”.
Sobre lo que hace falta para evitar la
comisión de delitos, el maestro en derecho tributario internacional Luis
Ortiz indica que, desde el punto de vista de ley aplicable, se necesita
mejorar el uso de los precios de transferencia y uniformidad en sus
metodologías, limitando su abuso, y aplicar mejor los métodos existentes
comparativos; fortalecer las reglas antiabuso; centralizar un registro
internacional de empresas, fideicomisos y entidades para mostrar al
verdadero beneficiario; restringir la deducibilidad de intereses, y
aplicar con fuerza y claridad las restricciones de retención de
impuestos sobre ingresos por propiedad intelectual.
Indica que también “falta una más amplia
forma de coordinación internacional (que al día de hoy no existe sino en
casos muy específicos que interese a varias jurisdicciones) en la que
se conozcan los beneficiarios finales con mayor prontitud y cada país
haga valer su ley criminal y tributaria local de inmediato (antes de que
prescriba el delito o el potencial crédito fiscal). Esto va de la mano con la delincuencia organizada internacional que facilita el lavado sin flujo de capitales entre países”.
Nancy Flores, @nancy_contra
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Fuente: Contralinea