
Por ello, el juez Horacio Nicolás Ruiz Palma aclaró que el edicto publicado la semana pasada, además de estar disponible en las páginas electrónicas del Consejo de la Judicatura Federal y del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, no constituye una liquidación laboral ni la renuncia a sus derechos como empleados ante las autoridades de trabajo.
Esto, debido a que el pago autorizado derivó de tres procedimientos de concurso mercantil que tienen una naturaleza jurídica en la materia civil, no en la materia laboral que es la que fundamenta, en cualquier caso, las demandas de pago de los derechos laborales que tienen los afectados.
Afirmó que el próximo lunes iniciará el proceso de asignación del folio de cobro personalizado a los empleados que serán beneficiados en la primera fase de pago para que realicen sus trámites en los juzgados de Distrito en la República Mexicana y ordenó la publicación del calendario para que los trabajadores obtengan su folio.
Pago de 159 millones no es una liquidación laboral, asevera juez
Fuente: http://www.eluniversal.com.mx/articulo/nacion/politica/2017/04/12/pagos-de-mexicana-no-son-liquidacion-laboral-juez
Pago de 159 millones no es una liquidación laboral, asevera juez
Fuente: http://www.eluniversal.com.mx/articulo/nacion/politica/2017/04/12/pagos-de-mexicana-no-son-liquidacion-laboral-juez