Con la entrada en vigor del Subprograma de Incorporación de Jóvenes Académicos de Carrera de la UNAM se establece un límite máximo de edad (37 años para los hombres y 39 para las mujeres) para ocupar las vacantes generadas por el Subprograma de Retiro Voluntario por Jubilación y por la Reasignación de Plazas de Profesor o de Investigador Emérito. Para algunos docentes, la medida es inequitativa, discriminatoria e ilegal. Señalan, asimismo, que afecta primordialmente a los profesores de asignatura (el 60 por ciento de la planta académica), quienes “llevan años esperando una oportunidad para aspirar a un tiempo completo y mejorar, con ello, su nivel de vida y el de su familia”.
El pasado 12 de noviembre, 1 día después de su publicación en la Gaceta UNAM –órgano oficial de difusión de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)–, entró en vigor el Programa de Renovación de la Planta Académica de la UNAM y el Subprograma de Incorporación de Jóvenes Académicos de Carrera a la UNAM.
Los documentos, signados por Eduardo Bárzana García, secretario general de esta casa de estudios, busca que jóvenes graduados sean quienes cubran las vacantes generadas por el Subprograma de Retiro Voluntario por Jubilación y por la Reasignación de Plazas de Profesor o de Investigador Emérito. Esto, con la finalidad formal de que la UNAM cuente con “una planta académica equilibrada en términos de experiencia y juventud”.
Por ello, el escrito de apenas tres cuartillas establece como uno de los requisitos que los candidatos a ocupar dichas vacantes sean menores de 39 años de edad para el caso de las mujeres, y de 37 para el de los hombres.
Este programa de renovación docente no pasó inadvertido para quienes ya imparten cátedra en esa institución educativa, no obstante que éste se dio a conocer a escasos días del cierre del ciclo escolar 2013-2014, justo cuando la carga académica aumenta como consecuencia del periodo de exámenes y evaluaciones finales.
Los primeros en manifestar públicamente su inconformidad con el contenido del mismo, sobre todo con el establecimiento de una edad máxima para acceder a estas plazas, fueron los académicos del bachillerato.
En una carta entregada a la Rectoría y a la Secretaría General de la UNAM el pasado 22 de noviembre, los profesores de asignatura del Colegio de Ciencias y Humanidades (CCH), plantel Azcapotzalco, quienes ese mismo día realizaron un mitin frente a la Rectoría universitaria, apuntan que lejos de promover “un verdadero equilibrio entre la planta académica en términos de experiencia y juventud”, el programa resulta “excluyente y discriminatorio de los profesores y profesoras de asignatura en activo mayores a los 37 y 39 años, respectivamente”.
En el mismo sentido se pronuncian los profesores de la Escuela Nacional Preparatoria (ENP), según consta en una carta dirigida a José Narro Robles, rector de la UNAM, fechada el 20 de noviembre de 2013: “al establecer un límite de edad para tener derecho a participar en un programa docente donde se desempeñan labores propias de la UNAM se está sentando un grave precedente de discriminación laboral por motivos de edad”.
Los académicos que imparten clases en el nivel medio superior califican de inequitativo y discriminatorio, pero también de ilegal, al Programa de Renovación de la Planta Académica y al Subprograma de Incorporación de Jóvenes Académicos de Carrera de la UNAM. Aseguran que es contrario a la Legislación Universitaria, al Contrato Colectivo de Trabajo del Personal Académico de la UNAM 2013-2015, a la Ley Federal del Trabajo, a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos e, incluso, a la legislación internacional en materia de derechos humanos y laborales.
Por ejemplo, en el caso del Contrato Colectivo de Trabajo del Personal Académico 2013-2015, el Programa atenta contra su cláusula 16, que establece que “en ningún caso y bajo ninguna circunstancia podrán exigirse mayores requisitos que los estipulados en la legislación aplicable para el ingreso, definitividad y/o promoción a las diversas categorías y niveles que puede tener el personal académico, o las equivalencias o similitudes que establezcan los órganos competentes integrados de acuerdo con la Legislación Universitaria, los que no podrán ser superiores a los establecidos por la misma”. Y es que ninguno de los artículos que conforman el Estatuto del Personal Académico (EPA) de la UNAM, particularmente los relativos a los requisitos de ingreso del personal académico, se pronuncia respecto del límite de edad.
Los docentes de la ENP recuerdan al rector universitario el contenido de su Programa de Trabajo para la UNAM 2011-2015, en el que se compromete a defender los principios que caracterizan a la Universidad pública por excelencia, tales como “la promoción de la equidad y la justicia”, así como a “definir y establecer criterios orientados a erradicar cualquier tipo de discriminación”.
Golpe contra profesores de asignatura
Juan Márquez Zea, maestro en ciencias de la comunicación, labora en la UNAM desde hace 25 años. Desde entonces ha cursado una especialidad en docencia, cuatro diplomados y más de 110 cursos de formación. Ha impartido, además, nueve cursos de formación para profesores de la UNAM y otras universidades públicas del país. Actualmente, además de sus labores docentes, se desempeña como jefe del Área de Talleres de Lenguaje y Comunicación del plantel Azcapotzalco del CCH, en la que ha contribuido con la elaboración de bancos de reactivos, paquetes didácticos, guías para profesores y programas operativos.
Juan Márquez es uno de los profesores de asignatura que el 22 de noviembre pasado se manifestaron frente a la Rectoría universitaria. La carta que el grupo de docentes entregó a los directivos de la máxima casa de estudios del país refiere que el Programa de Renovación de la Planta Académica y el Subprograma de Incorporación de Jóvenes Académicos de Carrera de la UNAM afecta a profesores como Juan, quienes a pesar de su vasta formación y experiencia rebasan la edad máxima que se establece para los interesados en cubrir las vacantes generadas por el Subprograma de Retiro Voluntario por Jubilación y por la Reasignación de Plazas de Profesor o de Investigador Emérito (37 para los hombres y 39 para las mujeres).
Los académicos del plantel Azcapotzalco del CCH subrayan que el Programa golpea particularmente los derechos laborales de los profesores de asignatura, ya que no reconoce ni valora su experiencia docente, formación continua y productividad académica. Los de la Escuela Nacional Preparatoria precisan que se trata de personal “que lleva años esperando una oportunidad para aspirar a un tiempo completo y mejorar, con ello, su nivel de vida y el de su familia”.
De acuerdo con las Estadísticas básicas del personal académico 2013, elaboradas por la Dirección General de Asuntos del Personal Académico, actualmente laboran en la UNAM 37 mil 35 profesores. De éstos, 21 mil 412 (el 51.81 por ciento) son de asignatura, es decir, contratados por horas y no por jornada laboral, como los profesores de carrera.
Aunque las fuentes oficiales carecen de estadísticas recientes respecto de la edad del grueso de los profesores de asignatura que laboran en la UNAM, del Documento del grupo de trabajo de profesores de asignatura. Claustro académico para la reforma del EPA, se desprende que para 2003 la edad promedio de este sector oscilaba entre los 45 y 49 años de edad. Asimismo, que 13 mil 497 de estos profesores eran mayores de 40 años y sólo 6 mil 224 menores de 39.
Contratación a discreción
La contratación que contempla el Subprograma de Incorporación de Jóvenes Académicos de Carrera a la UNAM tiene como base el artículo 51 del EPA. Éste alude contrataciones excepcionales (fuera del concurso de oposición o el concurso abierto) o para la realización de una obra determinada.
En estos dos casos, acota el EPA, “los términos de la contratación deberán ser previamente aprobados por el Consejo Técnico, Interno o Asesor, oyendo la opinión de la comisión dictaminadora respectiva”.
Al respecto, los profesores del CCH consideran que “dicho programa promueve la discrecionalidad en la asignación de las plazas liberadas por jubilación voluntaria o por la reasignación de plazas de profesor y de investigador emérito, ya que no se establece un concurso abierto como lo indica el EPA, ni considera la necesidad del examen filtro que todo profesor debe cubrir para acceder a la institución”.
Por eso, entre las demandas de este grupo docente destaca la reestructuración del Subprograma de Incorporación de Jóvenes Académicos de Carrera en términos de la no exclusión y discriminación de los profesores de asignatura que rebasan la edad estipulada o, en su caso, la creación de otro subprograma dirigido al mismo sector pero que opere bajo las normas del capítulo II del EPA (referente a la selección, promoción y adscripción de los profesores) y no en función de las contrataciones excepcionales del artículo 51. Además, el diseño de un programa de fortalecimiento para los profesores de asignatura y que las plazas liberadas por jubilación o por la designación de profesor emérito se abran a concurso abierto para los profesores de asignatura en activo.
Los académicos de la Escuela Nacional Preparatoria se pronuncian, en tanto, por la “suspensión inmediata” del Subprograma de Incorporación de Jóvenes Académicos de Carrera; porque las autoridades revaloren la capacidad y la experiencia del personal académico que ya labora en la UNAM, permitiendo que participen libremente (de acuerdo con su capacidad y sin menoscabo de su edad) en todo tipo de concursos de oposición; que se abran concursos de oposición para tiempos completos relativas al Subprograma de Retiro Voluntario por Jubilación, a la reasignación de plazas de profesor o de investigador emérito, a las plazas vacantes y a las de nueva creación.
En puerta, queja ante la CNDH
Ésta no es la primera vez que la UNAM establece un límite máximo de edad para quienes deseen cubrir las vacantes generadas por la jubilación del personal académico de carrera.
En noviembre de 2012, a través de su órgano de difusión oficial, esa casa de estudios anunció la emisión, para los primeros meses de 2013, de un subprograma de incorporación de jóvenes académicos a las tareas docentes y de investigación de la UNAM. Adelantó que los interesados en formar parte de este subprograma deberían, entre otras cosas, tener una edad no mayor de 36 años.
Las críticas a este tipo de filtros se hicieron presentes desde entonces. Profesores del plantel Naucalpan del CCH ingresaron una queja por discriminación ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), como consta en el expediente CONAPRED/DGAQR/467/13/DR/I/DF/R198.
Debido a la falta de respuesta por parte del órgano de Estado, Miguel Rangel, profesor de asignatura, dirigió una carta a Jorge Armando del Muro Sánchez, entonces director de reclamaciones. La petición del docente demandaba que las “plazas generadas por la jubilación voluntaria sean ofertadas de manera equitativa”.
Señala, asimismo, lo innecesario que resulta recurrir a las contrataciones excepcionales que contempla el artículo 51 del EPA, puesto que la UNAM “no carece de personal capacitado para cubrir las vacantes promovidas en el Programa”. Se refiere, en concreto, a los profesores de asignatura y a los ayudantes de investigador.
Debido a que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) se mantuvo pasivo ante el contenido de esta queja, según la apreciación de los profesores de bachillerato, ahora éstos buscan recurrir a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Si bien las críticas al programa de renovación de la planta docente de la UNAM tuvieron su primer eco en el subsistema de bachillerato, los docentes de nivel licenciatura también empiezan a organizarse. Esto ocurre, por ejemplo, en la Facultad de Economía, ubicada en Cuidad Universitaria.
Para la realización de este trabajo se solicitó entrevista con la UNAM. Al cierre de esta edición no hubo respuesta. No obstante, Juan Sánchez Brito, director de Enlace y Relaciones Públicas de esta casa de estudios comentó a Contralínea que los docentes críticos al Subprograma de Incorporación de Jóvenes Académicos de Carrera constituyen “un grupo muy reducido”, por lo que “no es un problema generalizado, de gran magnitud”.
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