Se deberá pagar el recibo y luego presentar recurso administrativo
Jesús Aranda | Periódico La Jornada | Jueves 27 de marzo de 2014, p.
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En votación dividida, la segunda sala de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los recibos de pago de luz
no son autoridad para juicio de amparo, es decir que los consumidores no pueden solicitar amparo en contra de un recibo que consideren excesivo.
Con el voto en contra de Fernando Franco y Luis María Aguilar, los ministros
cerraron la puerta a los usuarios del servicio eléctrico que tratan de
defenderse del cobro excesivo del servicio, a través del juicio de
garantías.