Arturo Alcalde Justiniani | Opinión-La Jornada
En lo oscurito y con mucho atrevimiento, las empresas dedicadas a la subcontratación de personal ( outsourcing) y el gobierno federal, mediante la Secretaría de Economía, vienen diseñando una Norma Oficial Mexicana (NOM) que permita a estas empresas darle la vuelta a la Ley Federal del Trabajo y ampliar su negocio de subcontratación barata, esto es, a un costo menor del que debería cubrir el verdadero patrón en una relación de trabajo.
Origen de la maniobra: Las empresas dedicadas al jugoso negocio de la subcontratación, que han convertido el trabajo indefenso en un artículo de comercio, violando el artículo 3 de la Ley Federal del Trabajo, cabildearon en 2012 con el gobierno de Felipe Calderón la inclusión en su iniciativa de reforma laboral la autorización para que se pudiera subcontratar personal cumpliendo tan solo con los requisitos mínimos de ley. En la iniciativa de Calderón se alegó que la propuesta era un gran avance ya que había muchas empresas que no cubrían esos mínimos, o sea, seguridad social, 15 días de aguinaldo, seis días de vacaciones y 25 por ciento de prima vacacional, entre otras.
En el proceso legislativo se demostró que la propuesta calderonista era un engaño y que iba a traer consigo un incremento a la precariedad laboral. Por ello, atendiendo también a la experiencia internacional se fijaron una serie de condiciones que deberían cumplirse para autorizar dicha subcontratación. Estas condiciones son las siguientes:
La primera es que la subcontratación no podía abarcar la totalidad de las actividades, como indebidamente sucede en las llamadas empresas de servicio y en un numerosos centros de trabajo, bancos y supermercados incluidos, que subcontratan a su personal mediante un contrato de sustitución patronal para ocultar la responsabilidad del verdadero patrón y entre otros fines, pagar salarios menores, crear un estado de indefensión laboral, impedir un sindicato real y no pagar reparto de utilidades.
La segunda condición es que la subcontratación debería justificarse por su carácter especializado, esto es, que debería referirse a actividades especiales que por su naturaleza no es rentable al patrón considerarlas dentro de su propio personal.
La tercera condición señala que la subcontratación no podrá comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del patrón contratante; y, por último, establece que no está permitida la transferencia de trabajadores con el fin de disminuir derechos laborales.
Las disposiciones legales generadas en la reforma de 2012 causaron gran molestia entre los empresarios porque la subcontratación que realizaban no cumplía con estos requisitos y por ello, de inmediato, realizaron gestiones ante las autoridades laborales para intentar otra reforma o al menos lograr que estas disposiciones no se aplicaran en la práctica. Las autoridades accedieron a la segunda propuesta y desde entonces renunciaron de su obligación de fiscalizar a las empresas en esta materia mediante la inspección. Han ido más lejos al promover el outsourcing en su propio ámbito. Ello se acredita en las normas hacendarias en las que se impone a las dependencias públicas la obligación de contratar personal por la vía de la subcontratación. En las nuevas empresas estatales creadas por motivo de las reformas eléctrica y energética, se impulsan modelos en los que no hay trabajadores reconocidos, tan solo el director general, con el fin de que no exista reparto de utilidades.
Aún a pesar de la complicidad estatal, las empresas subcontratistas han venido insistiendo en contar con un status legal que blinde su negocio y por ello propusieron que en tanto se realice una reforma legal, se otorgara el apoyo de la Secretaría de Economía para que mediante su Comisión de Normas creada por la Ley General sobre Metrología y Certificación se autorizara la creación de una NOM que la reconociera como empresas certificadas en terciarización y subcontratación. Para justificar esta maniobra se establecieron una serie de obligaciones patronales ridículas que en esencia son aquellas que debe cumplir cualquier empresa: domicilio, seguro social, pago de impuestos, etc.
¿Y los requisitos de la Ley Federal del Trabajo? Estos se ignoraron olímpicamente, tan solo se creó una campaña para justificar esta norma técnica como un supuesto beneficio para los trabajadores, para garantizar el cumplimiento de la ley sin señalar que se refieren a las condiciones mínimas. En otras palabras, se volvía a los argumentos planteados por Felipe Calderón en 2012. Por ello, los empresarios están felices porque su negocio tendrá por fin un respaldo aparentemente jurídico, lo cual es falso en virtud de que esta norma técnica no puede violar la Ley Federal del Trabajo. Anuncian que la norma será aprobada en las próximas semanas para que entre en vigor en 2018.
Aceptar esta maniobra afectará no sólo a los trabajadores sino también a la viabilidad de la seguridad social y a los recursos que requiere el fisco. Asimismo, está en juego la posibilidad de reconstruir un modelo laboral socialmente productivo y sustentable. Sin simulaciones.
PD. Al grito de Coyoacán es territorio de Mauricio Toledo, un grupo de golpeadores agredió antier a simpatizantes de Morena, ocasionándoles graves lesiones. Tres de ellos debieron ser hospitalizados en Xoco y seis más acudieron a otros servicios médicos. En la agresión el mando policiaco en Ajusco 1 fue testigo mudo y camionetas de la delegación Coyoacán, según aparece en los videos, apoyaron la acción agresora. ¿Quién está detrás de tanta impunidad?