sábado, 22 de septiembre de 2012

Documenta PGR "enriquecimiento" de Néstor Moreno

Lo acusan de recibir sobornos
Las declaraciones patrimoniales del ex director operativo del CFE no empatan con transacciones y compra de inmuebles por casi 34 mdp, según la averiguación
22 septiembre 2012 | Justino Miranda | El Universal
Su plan de vuelo era Sudamérica, pero en Dallas, Texas, el piloto del avión recibió la orden de descender. Uno de los pasajeros, identificado como Fernando Maya Basurto, fue arrestado por realizar transacciones bancarias para evadir los requisitos de declaración de divisas.
Los agentes el FBI responsables de la investigación detectaron que ese día —25 de abril de 2009—, Maya Basurto cambió 10 mil dólares en Nueva York, conducta que, por el monto cambiado, es sancionada en Estados Unidos.

Durante su interrogatorio, Maya Basurto se ostentó como representante comercial de la empresa suiza ABB, especializada en sistemas eléctricos, robótica y alta tecnología, y ante los agentes del FBI que lo detuvieron dijo que a cambio de recibir contratos para ABB entregó dinero a varios servidores públicos de la Comisión Federal de Electricidad ( CFE ).

Con los datos aportados por Maya Basurto, el Departamento de Justicia de Estados Unidos inició dos procesos: uno en la Corte Federal del Distrito Sur de Texas y otro en el Central de California, contra directivos de las empresas ABB y Lindsay Manufacturing, respectivamente.

Esos procedimientos provocaron uno de los mayores escándalos por presuntos actos de corrupción en una paraestatal de México supuestos sobornos de las empresas ABB y Lindsay Manufacturing a Néstor Félix Moreno Díaz, ex director de Operaciones de CFE.

Las pruebas aportadas en los procesos penales estadounidenses fueron remitidas a México, y con ellas la Procuraduría General de la República (PGR) inició las averiguaciones previas.

Sus resultados fueron la consignación de Néstor Félix Moreno Díaz por enriquecimiento ilícito y cohecho, delitos que lo mantienen bajo proceso ante el Juzgado Cuarto de Distrito de Procesos Penales Federales del Distrito Federal, cuya titular Taissia Cruz Parcero, analizó la causa penal 141/2011 Sin embargo, el 1 de diciembre de 2 011 el juez estadounidense A. Ho ward Matz dictó sentencia en el caso CR101031 AHM, y de la traducción legal de dicho fallo se desprende que el juzgador lamentó descubrir que el equipo de gobierno (órgano acusador) permitió a un agente clave del FBI dar testimonio falso frente al gran jurado, para sustentar las solicitudes de orden de cateo y de allanamiento.

Además, encontró que los fiscales "no cumplieron con sus obligaciones de constatación de documentos y que se vieron inmersos en comportamiento dudoso durante el argumento final".

El pasado 25 de mayo, el Departamento de Justicia de Estados Unidos desistió de la apelación que había presentado contra dicha decisión.

Así, el gobierno de EU decidió abandonar la acusación contra la empresa Lindsey Manufacturing, sus ejecutivos, y los mexicanos Enrique Faustino Aguilar Noriega y su esposa Ángela María Gómez Aguilar, por supuestos sobornos al ex director de Operación de la CFE.

Lo mismo hizo en el caso penal H 09CR325 seguido contra el otrora directivo de ABB Hasta hoy, las decisiones estadounidenses no han tenido impacto manifiesto en el proceso seguido contra Néstor Moreno en este país; no obstante que su acusación tiene como origen el mismo cúmulo probatorio demeritado por el juez norteamericano, pues la PGR acogió los elementos que le envió el Departamento de Justicia de EU para inculpar al ex director de Operación de CFE.

En noviembre de 2011 un Tribunal Unitario de Jalisco resolvió en un Juicio de amparo que no había evidencia alguna de delito cometido por Moreno pero su detención en abril de este año, y posterior formal prisión, impidió que dicho fallo quedara firme.

Hoy, Néstor Moreno se encuentra en prisión y su libertad depende de la decisión de un Tribunal Colegiado que examinará el fallo del Cuarto Tribunal Unitario, cuya magistrada Graciela Rocío Santes Magaña determinó que el ex servidor público debe obtener su libertad provisional bajo caución porque se violan sus derechos humanos al soslayar la presunción de inocencia y la proporcionalidad de la medida impuesta, además que los delitos que se le imputan no son graves.

Los motivos de la PGR

En México la PGR sigue su estrategia jurídica para demostrar que el ex director de Operaciones de la CFE, Néstor Moreno, fue sobornado con un yate y un auto Ferrari para favorecer a empresas extranjeras en la adjudicación de contratos. También integró un expediente para acusar a Moreno Díaz de cohecho por haber supuestamente recibido 29 mil 500 dólares para la inscripción de uno de sus hijos en un colegio militarizado de Estados Unidos.

Con los datos enviados por el Departamento de Justicia de Estados Unidos, la PGR aseguró que entre septiembre de 2003 y mayo de 2008, Grupo Internacional de Asesores (GIA) -propiedad de los ciudadanos exonerados en Estados Unidos Enrique Faustino Aguilar Noriega y su esposa, Ángela María Gómez Aguilar- recibió más de 5 millones de dólares en pagos de la empresa Lindsay y los fondos se utilizaron para beneficiar al "Sr. Moreno (Díaz]".

Las investigaciones del FBI retorna das por PGR relatan que el "Sr. Moreno" recibió un Ferrari, estimado en 300 mil dólares; un yate por 1.8 millones de dólares y 150 mil dólares en pagos de cuentas de la tarjeta de crédito American Express de Moreno Díaz.

Para robustecer la acusación de enriquecimiento ilícito la fiscalía aportó en la causa penal 141/2011 elementos que suponen que Néstor Moreno compró el yate Dream Seeker el 13 de septiembre de 2006, "en la que además asentó el nombre de Ana María Sainar Moreno, quien, según los autos, se trata de la viuda del padre del implicado y el domicilio Chiapas 216, el cual, según el oficio TG/DGEPYC/992/2010, signado por la Dirección General del Impuesto Predial y Catastro de Cuernavaca, Morelos, corresponde al mismo del que Ana María Salazar Gutiérrez, viuda de Moreno, es propietaria".

La fiscalía también presentó como pruebas un dictamen de la Secretaría de la Función Pública cuyos auditores identificaron irregularidades en las declaraciones patrimonial del ex directivo de la CFE, su cónyuge y sus dependientes económicos.

Para sustentar su acusación de enriquecimiento ilícito la fiscalía exhibió documentales donde consta que la "empresa Ocean Horizon otorgó las facilidades a Néstor Moreno o a Pedro Moreno (Pedro Moreno González de Castilla) para realizar trámites relacionados con herencias o permisos de importación de la embarcación.

En la causa penal se asienta la comparecencia de Moreno González de Castilla para presentar documentales que acreditan la compra del Dream Seeker en sociedad con Enrique Aguilar Noriega, pero la jueza Cruz Parcero dijo que esa operación, del 13 de enero de 2006, es anterior a la transacción que realizó Moreno para adjudicarse la propiedad del yate.

Otros elementos de la fiscalía para acreditar que Moreno es dueño del yate son recibos por compra de combustible y equipo marino, así como testimonios de trabajadores del club donde está anclado el bote.

Cohecho

Para acreditar el delito de cohecho, el Juzgado Cuarto de Distrito consideró la declaración ministerial del ex directivo de la CFE donde cita que el préstamo de 29 mil 500 dólares otorgado por Enrique Faustino Aguilar Noriega, representante de empresas extranjeras con contratos con la paraestatal, "fue momentáneo" para el pago de la inscripción de su hijo en el Colegio St John's Northwestem Military Academy.

Las órdenes de pago fueron emitidas por Sorvill International SA, cuyo propietario es Aguilar Noriega.

En la investigación se cita que en agosto de 2004 el colegio regresó al hijo de Moreno un cheque por 23 mil 450 dólares, toda vez que el muchacho ya no quiso ir a la escuela. En seguida Moreno Díaz endosó el cheque y lo depositó a nombre de la empresa Sorvill, el 18 de agosto de 2004, y el resto 6 mil 50 dólares los pago en diciembre de ese año.

Para la jueza, "el dinero repercutió de manera positiva en el peculio patrimonio del activo (acusado) al no tener que desembolsar esa cantidad de dinero para la educación de su hijo.

Eso acredita la conducta de recibir dinero por sí y para si mismo".

Fuente: El Universal